Aseamac elabora un documento que recopila las preguntas más frecuentes relacionadas con el alquiler ante el COVID-19
Desde la publicación del Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública, se han sucedido múltiples documentos legislativos, que afectan a diversos ámbitos de la actividad de las personas y las empresas.
La suspensión o cese de actividad por orden del Gobierno no elimina las obligaciones que las empresas tienen de seguir pagando sus impuestos, haciendo frente a sus obligaciones con entidades financieras, con sus propios trabajadores y con todos sus proveedores.
El Gobierno de España no ha emitido ninguna legislación que contradiga lo establecido en el Código Civil ni en el marco normativo aplicable al alquiler de maquinaria y/o equipos.
Es decir, las empresas arrentadarias (clientes) que han alquilado cualquier tipo de maquinaria y equipos deben hacer frente a sus obligaciones con sus proveedores (arrendadores).
Desde el colectivo se han emitido, desde el inicio de la situación actual, comunicados informativos llamando al diálogo y al entendimiento. Y en muchos caso así ha sido.
Sin embargo, se han detectado múltiples incidencias, algunas son dudas de buena fe y otras son malas prácticas por parte de diversos agentes, que intentan imponer sus condiciones o directamente desentenderse de cualquier tipo de obligación.
Por ello, desde Aseamac se ha elaborado un documento que recopila las preguntas más frecuentes relacionadas con la actividad de alquiler de maquinaria y equipos, ante la situación especial generada por el coronavirus (COVID-19).
Puede acceder a dicho documento a través de este enlace.