Ver, mirar, contemplar
Luz para ver
Podríamos definir la luz para ver como aquella que va destinada a resolver las necesidades principales de iluminación, en función de la actividad que se está desarrollando. Por ejemplo, cuando hablamos de la iluminación de un aula o de una oficina, hablamos de los niveles de iluminación necesarios en el plano de trabajo, sobre la mesa. También, cuando estamos planteando la iluminación de una calle, hablamos de los niveles de iluminación en la calzada, en las aceras, etc. Esta es la que podríamos definir como la luz para ver, que normalmente la podemos cuantificar consultando la reglamentación o recomendaciones existentes, tales como el Reglamento de Eficiencia Energética en Alumbrado exterior o el Código Técnico de Edificación.
Luz para mirar
La luz para mirar la podríamos definir como aquella luz que nos permite identificar el entorno, por ejemplo, cuando circulamos por una calle es importante que podamos distinguir a las personas que circulan por ella, a identificar el nombre de una calle, a percibir los obstáculos presentes en el espacio, etc.
Luz para contemplar
La luz para contemplar es aquella en la que la propia luz es la protagonista, es la que “viste” un edificio, la que por su propia existencia hace que un espacio, un objeto que pasaría desapercibido, gracias a ella durante la noche cobra una importancia que de otra forma pasaría desapercibida.
Cuando nos enfrentemos a un proyecto de iluminación, analicemos estos tres aspectos de la luz y seguro que se conseguirá satisfacer las necesidades del espacio y de las personas de una forma completa, contemplando de esta manera los aspectos “legales y normativos” del proyecto y la creatividad del mismo!!