Equipos de Protección Individual para uso en atmósferas ATEX
Una de las peores pesadillas que puede tener el responsable de la Salud y Seguridad en el trabajo es la de planificar las medidas preventivas que deberán tomarse en consideración a la hora de trabajar en atmósferas potencialmente explosivas (atmósferas ATEX). Afortunadamente, existe regulaciones y guías técnicas destinadas a facilitar la labor de la labor preventiva en este tipo de entornos.
Así, el Real Decreto 681/2003, establece una serie de pautas para la evaluación de los riesgos y medidas de protección de los trabajadores. Una de las medidas de protección contra las explosiones que contiene dicho Real Decreto es el suministro de calzado y ropa de trabajo destinados a minimizar la posibilidad de que se genere una descarga electrostática que pueda dar lugar a la temida ignición de la atmósfera explosiva.
En relación a los equipos a utilizar en atmósferas potencialmente explosivas, el Real Decreto 144/2016 sobre aparatos y sistemas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas, excluye del ámbito y objeto de aplicación a los Equipos de Protección Individual (EPI). Sin embargo, estos equipos deben proporcionar el nivel adecuado de seguridad respecto a una explosión que se define en esta regulación. Así, se deberá asegurar que los EPI utilizados en estos entornos no acumulen cargas electrostáticas susceptibles de provocar descargas peligrosas.
En este sentido existen una serie de Equipos de Protección Individual que incorporan requisitos destinados disipar las cargas electrostáticas que puedan acumularse:
En relación a los tipos de equipos, utilizados en atmósferas ATEX, en los últimos tiempos es habitual la comercialización de calzado disipador de cargas electrostáticas marcado como ESD. En este sentido, la norma UNE-CEN ISO/TR 18690-Guía para la selección de calzado, señala que el calzado el calzado ESD (descarga electrostática) puede ser calzado antiestático, pero está ensayado de acuerdo con diferentes normas (por ejemplo, EN 61340-4-3). La resistencia eléctrica en este caso es la suma de todas las partes de la cadena conductora desde la punta de los dedos hasta el suelo. El calzado utilizado con el propósito principal de proteger los productos tales como dispositivos electrónicos sensibles no sería considerado como equipo de protección individual y no caería dentro del campo de aplicación de la Directiva Europea de EPI”.
Por último, recordar que como siempre, a la hora de seleccionar cualquier EPI, en primer lugar debemos hacer una cuidadosa evaluación del nivel de riesgos al que nos enfrentamos. Este paso fundamental es en este caso un poco menos arduo ya que disponemos de legislación específica que nos marcará las pautas obligatorias mínimas a tener en consideración a la hora de evaluar los riesgos derivados de las atmósferas ATEX.
Además, jamás deberemos olvidar que sólo un equipo debidamente certificado según los requisitos del Real Decreto 1407/1992 ofrecerá las garantías necesarias para ofrecer la protección requerida por los trabajadores.
Empresas o entidades relacionadas
Asociación de Empresas de Equipos de Protección Personal