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A raíz del desplome de una vivienda en Elda (Alicante)

Consumidores, arquitectos, arquitectos técnicos y administradores de fincas piden extremar precauciones y consultar con profesionales competentes antes de instalar piscinas en terrazas y azoteas

24/06/2020
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A raíz del derrumbe de una vivienda, el 23 de junio, en Elda (Alicante), por el sobrepeso de una piscina de plástico instalada en la terraza, la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU), el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España (CSCAE), el Consejo General de la Arquitectura Técnica de España (CGATE) y el Consejo General de los Colegios de Administradores de Fincas de España (CGCAFE) urgen a extremar las precauciones y recuerdan la importancia de contactar, antes, con un profesional técnico competente que calcule la carga que puede soportar la estructura del edificio y garantizar, así, la seguridad de las personas.

Como consecuencia del desplome de esta vivienda unifamiliar, dos personas tuvieron que ser atendidas, una por una herida en una pierna y la otra por una crisis de ansiedad. Desde CECU se recuerda a los consumidores que el derecho a la salud y a la seguridad es un derecho fundamental reconocido en la Ley General de Defensa de los Consumidores y Usuarios. Los productos deben ser seguros, pero el consumidor debe contribuir haciendo un uso responsable de los mismos. La colocación indebida en lugares no aptos puede dejar sin efecto los seguros contratados al no cubrir este tipo de contingencias, debiendo asumir los daños sufridos en la vivienda, así como los causados a terceros. Desde CECU consideramos que el etiquetado e instrucciones de uso de estos productos, dado los últimos accidentes producidos, debería advertir con mayor énfasis el peligro que supone su ubicación sin control o asesoramiento técnico previo.

“Afortunadamente, no ha habido que lamentar pérdidas humanas, pero no hay que olvidar que cada edificio está calculado para unos usos y, si introducimos elementos que alteren su estructura, ésta se puede ver seriamente amenazada, como ha ocurrido en Elda. El asesoramiento de un profesional evita riesgos innecesarios”, subraya el secretario general del CSCAE, Laureano Matas.

La situación excepcional derivada de las medidas que se han puesto en marcha para contener el contagio por coronavirus ha llevado a muchas familias a planificar un verano atípico y, con la llegada del calor, en mayo, empezó a proliferar la venta de piscinas hinchables y prefabricadas. En ese momento, el CSCAE, el CGCAFE y el CGATE advirtieron de los riesgos de su instalación en terrazas, balcones y azoteas sin el criterio técnico necesario.

“Los aparejadores, intentamos anticiparnos a un suceso como el ocurrido, en un ejercicio de servicio público; advirtiendo de las consecuencias de no asesorarse de un técnico en estas cuestiones. Esto confirma nuestras advertencias, y pone de manifiesto la necesidad de comprobar y evaluar el estado real de las edificaciones, y los usos no permitidos. Por suerte no ha habido que lamentar víctimas en este caso. No esperemos al siguiente”, manifestado el presidente del CGATE, Alfredo Sanz Corma.

Para evitar posibles daños en las estructuras de los edificios y salvaguardar la seguridad de las personas, antes de adquirir una piscina, es recomendable contactar con un profesional competente para que garantice la viabilidad de la instalación y el volumen de agua que puede soportar. Someter a un elemento de la estructura, formando parte de un patio, cubierta, terraza o balcón, al sobrepeso de una piscina, puede llevar a la fatiga de los materiales que la conforman y al colapso, con graves consecuencias materiales y personales.

El forjado que sustenta esa estructura es un elemento común del edificio. Por lo tanto, el deseo de instalar una piscina en la azotea debe comunicarse a la comunidad de propietarios desde el primer momento, junto con el informe técnico correspondiente. Además, en aquellas piscinas que pudieran ser objeto de uso comunitario este informe técnico contará con las especificaciones propias sobre las limitaciones de uso, aforo y sanitarias.

Salvador Díez, presidente del CGCAFE, recuerda que, además de cumplir con las condiciones técnicas recomendadas, no se puede modificar ningún elemento común de la finca para la instalación de una piscina. “Si un vecino quiere instalar o instala una piscina y esto supone la alteración de algún elemento común, no puede hacerlo sin la autorización previa de la Junta de Propietarios, y esta autorización ha de ser por unanimidad y siempre que no suponga ningún riesgo para la finca ni para los vecinos. Si la intención es instalar una piscina portátil en una terraza, no es necesario el acuerdo de la Junta de Propietarios, pero sí es conveniente comunicarlo a la Comunidad de Propietarios y acompañar un informe técnico que garantice que no se va a ver afectado ningún elemento y que la instalación es técnicamente viable”.

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