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Las deducciones fiscales en el IRPF por obras de mejora energética en viviendas se prorrogan hasta 2026

Redacción Interempresas13/01/2025

El último Consejo de Ministros celebrado en 2024 aprobó un Real Decreto-ley con el que se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 las deducciones en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) por obras de mejora de la eficiencia energéticas en viviendas. Dichas deducciones se aplican sobre las cantidades invertidas en obras de rehabilitación que contribuyan a alcanzar determinadas mejoras de la eficiencia energética de la vivienda habitual y en los edificios residenciales, acreditadas a través de certificado de eficiencia energética.

En el periodo de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023...
En el periodo de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023, se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas.

El Consejo de Ministros aprobó un Real Decreto-ley que prorroga hasta el año 2026 las deducciones en el IRPF por obras de mejora energética de las viviendas.

En el periodo de aplicación en los ejercicios de los años 2021, 2022 y 2023, se han llevado a cabo deducciones por obras de mejora energética en un total de 122.862 viviendas y han supuesto un ahorro de 319,7 millones de euros en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), de acuerdo con los datos del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

“Dichos datos, reflejan la concienciación creciente de la ciudadanía con la rehabilitación energética de las viviendas para reducir el consumo de combustibles fósiles, que se observa en la evolución que han tenido dichas deducciones. En el año 2021 se presentaron un total de 2.535 declaraciones, pasando a 55.761 en el año 2022 y elevándose dicha cifra hasta las 110.940 del año 2023, lo que da un total de 169.236 declaraciones las presentadas en los tres años de aplicación”, señalaron fuentes del ministerio en su web.

Con esta ampliación se siguen estableciendo instrumentos cuyo objetivo es el cumplimiento de los objetivos del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana en favor de la rehabilitación residencial, al servicio del ejercicio del derecho constitucional a la vivienda digna, sumándose al conjunto de actuaciones ya en curso, en el contexto de la oportunidad de la aplicación de los fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Deducciones por obras de mejora energética de las viviendas

Concretamente, la norma aprobada extiende el periodo de aplicación de las siguientes tres deducciones hasta el 31 de diciembre de 2026:

  • Deducción del 20% por actuaciones que reduzcan un siete por ciento la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación y mejora en las que se obtenga una reducción de al menos un siete por ciento en la demanda de calefacción y refrigeración, según certificado de eficiencia energética de la vivienda. El porcentaje de deducción es de un 20% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 5.000 euros por vivienda.
  • Deducción del 40% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación energética alcanzando las letras «A» o «B» en vivienda habitual. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse igualmente de la vivienda habitual del contribuyente, o que esté destinada o vaya a destinarse al alquiler como vivienda habitual, y podrán acogerse las personas físicas que realicen actuaciones de rehabilitación o mejora en las que se reduzca al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética de la vivienda, o mejora de la calificación energética de la vivienda para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 40% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 7.500 euros por vivienda.
  • Deducción del 60% por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la calificación alcanzando las letras «A» o «B» en edificios residenciales. Su periodo de aplicación finalizaba el 31 de diciembre de 2024 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2026, debiendo tratarse de actuaciones de mejora que afecten al conjunto del edificio. Podrán acogerse las personas físicas en cuyo edificio se hayan realizado obras de mejora o rehabilitación en las que se obtenga una reducción de al menos un 30 por ciento del consumo de energía primaria no renovable, acreditable a través del certificado de eficiencia energética del edificio, o mejora de la calificación energética del edificio para obtener una clase energética «A» o «B», en la misma escala de calificación. El porcentaje de deducción es de un 60% de las cantidades satisfechas por las obras realizadas en el periodo de aplicación, hasta un máximo de 15.000 euros por vivienda.

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