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El IIDMA publica la 'Guía jurídica para la constitución de comunidades energéticas en España'

28/12/2022

El Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA) ha publicado la 'Guía jurídica para la constitución de comunidades energéticas en España', en la que identifica todas las opciones jurídicas disponibles y describe los pasos a seguir para su creación. Mientras no se transponga al derecho español el régimen jurídico correspondiente a las comunidades energéticas, la organización señala que es fundamental facilitar el asesoramiento jurídico a la ciudadanía.

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El IIDMA considera que, para el abandono progresivo de los combustibles fósiles y el funcionamiento de un sistema 100% renovable, es esencial el despliegue de las comunidades energéticas, por lo que ha elaborado una guía jurídica cuyo objetivo es fomentar su desarrollo en España. La falta de transposición de estas figuras al ordenamiento jurídico español suscita dudas acerca de qué figuras jurídicas pueden utilizarse para su constitución. En su guía, el IIDMA identifica todas las opciones disponibles y describe los pasos a seguir, en función de la figura jurídica seleccionada, para su creación.

Mientras España no transponga a su Derecho las directivas europeas, las actuales entidades idóneas para su constitución son las asociaciones, las cooperativas y las sociedades de responsabilidad limitada. La elección entre una figura u otra deberá analizarse caso por caso, atendiendo a las circunstancias particulares de los promotores. Así, mientras las asociaciones pueden ser una buena opción para el desarrollo de proyectos pequeños, las cooperativas y las sociedades limitadas, más complejas que las primeras, son interesantes para los que presenten cierta escala económica o territorial o se dirijan a un gran número de destinatarios.

Otros criterios que deben tenerse en consideración son la mayor o menor simplicidad del procedimiento a seguir o la normativa autonómica propia de cada una de las figuras jurídicas.

La organización señala que la elección de la figura jurídica que vaya a tener la comunidad energética no es baladí, pues resulta fundamental para su éxito y conlleva el sometimiento a un régimen jurídico que facilite su día a día y poder optar a la concesión de posibles ayudas y subvenciones que, en su caso, otorguen las administraciones públicas.

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