El MARM establece un nuevo Plan de Pesca con artes de trampa en aguas exteriores de la isla de Fuerteventura
El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, a través de una Orden Ministerial publicada el sábado en el BOE, ha establecido un nuevo Plan de Pesca con artes de trampa en aguas exteriores de la isla de Fuerteventura.
Este Plan incluye modificaciones, como una reducción del esfuerzo pesquero, respecto al anterior vigente desde 2007 hasta 2009 a la vista de la experiencia adquirida, los resultados obtenidos y el estado de explotación de determinados recursos pesqueros.
Las normas contenidas en este Plan de Pesca se aplicarán a los buques españoles que ejerciten la pesca con artes de trampa en las aguas exteriores del Caladero Nacional de Canarias, situadas al este de la isla de Fuerteventura comprendidas entre los paralelos 28º 38′ N y 28º 10′ N.
En esta zona podrá ejercerse la pesca con tambores para morenas y nasas para peces. En el resto de las aguas exteriores de la isla de Fuerteventura, queda prohibido utilizar cualquier tipo de artes de trampa dirigidos a la captura de peces.
El número máximo de embarcaciones que podrán ejercer la pesca con nasas para peces será de 66. La distribución de estas embarcaciones por puerto base será la siguiente: 27 buques en Corralejo; 28 buques en Gran Tarajal y 11 buques en Morro Jable.
La Orden Ministerial también regula las características técnicas de los artes de pesca, sus condiciones de utilización, las especies objetivo de las nasas y las tallas mínimas. En este último apartado, con independencia de las tallas mínimas establecidas en la normativa general, en el ámbito de este Plan de Pesca no podrá capturarse, mantenerse a bordo ni comercializarse pulpo con un peso unitario inferior a 1 Kg.
Este Plan de Pesca tendrá una vigencia de tres años en los cuales la Secretaría General del Mar valorará los resultados mediante campañas de evaluación y seguimiento e informes científicos.