Tendencias a la aplicación obligatoria del CCTV
Departamento comercial de Lanaccess
20/02/2019A medida que vamos aceptando nuevas sensibilidades sociales, la efectividad de las imágenes registradas se hace cada vez más evidente, en otros campos de aplicación o segmentos de mercado.
La sensibilización social sobre el bienestar animal, está encontrando en la grabación de vídeo la forma más eficaz para controlar el trato dispensado a los animales en granjas y especialmente en los mataderos. Muchos recordamos el programa de investigación de Jordi Évole y miembros de Igualdad Animal en una granja de Murcia, que nos ofreció imágenes escalofriantes sobre el maltrato animal.
Países como Inglaterra o Israel están legislando para obligar a explotaciones ganaderas a disponer de las evidencias gráficas de que el trato a los animales destinados al consumo humano, son correctas. El último país en incorporarse, ha sido Escocia. El gobierno escocés realizó una consulta a los ganaderos, que fue aceptada de forma mayoritaria. Muchas de las explotaciones ya disponen de cámaras para este cometido, por tanto, la ministra de Asuntos rurales y medio ambiente Mairi Gougeon, presentará la normativa a lo largo de este año.
La nueva normativa se orientará a garantizar que las imágenes captadas realmente cubran todas las áreas en las que los animales se encuentran vivos, garantizando que no existan zonas sin grabación y el tiempo en el que deben mantenerse las imágenes a disposición de las autoridades.
¿Qué otros campos de aplicación serán normalizados en los próximos años? Es posible que en todos los ámbitos se convierta en normal disponer de imágenes registradas. Es aquí donde las normas de control sobre los sistemas de vídeo grabación deberán tener una mayor eficacia desde el punto de vista técnico y legislativo, orientadas a defender la privacidad e intimidad de los ciudadanos. Los riesgos de acceso ilegitimo a estas imágenes, deberán ser garantizados, no solo mediante normas legales, también mediante tecnología que garantice la autenticidad de las grabaciones, la identificación de la persona que las ha extraído (copiado) y la trazabilidad del origen a lo largo de las copias realizadas.