Se endurecen los controles a empresas en relación a las horas realizadas por sus trabajadores
El empresario debe saber que tiene la obligación legal de implantar un sistema para el control horario de sus trabajadores, y que de no hacerlo se expone a las posibles sanciones derivadas de una inspección.
El sistema o modelo será elegido libremente por la empresa dado que la ley nada dice sobre este particular, no obstante debe ser un sistema de registro que garantice la fiabilidad y la invariabilidad de los datos. El registro de la jornada deberá ser diario e incluir el horario concreto de entrada y salida respecto de cada trabajador.
Esta nueva normativa está provocando un incremento en la venta de sistemas para realizar dicho control horario (hardware y software), que es interesante sea aprovechado por el distribuidor/ instalador del sector. La tendencia es el uso de equipos de identificación por patrón biométrico (huella dactilar fundamentalmente).
Pero el hincapié se debe realizar sobre el software que gestiona el equipo. Normalmente el fabricante regala uno el cual no responde muchas veces a las necesidades de la empresa. El software aloja una base de datos donde se van volcando los fichajes de entrada/salida que van realizando los trabajadores. A partir de esa información, el software permite generar diferentes informes, entre ellos importante verificar que alguno cumpla con lo requerido en las posibles inspecciones.