Medidas estandarizadas de eficiencia energética para solicitar Certificado de Ahorro Energético
El 22 de julio se publicó en el BOE la Orden TED/845/2023 por la que se aprueba el catálogo de medidas estandarizadas de eficiencia energética para proceder a la solicitud de CAE (certificado de ahorro energético).
De entre las fichas publicadas, están relacionadas con el sector las siguientes:
- Sector Terciario
- Rehabilitación de la envolvente térmica de edificios terciarios existentes con superficie afectada mayor del 25% (TER010, todo el territorio nacional excepto Canarias; TER011, para Canarias)
- Rehabilitación de la parte opaca de la envolvente térmica de edificios terciarios con superficie afectada inferior o igual del 25% de la envolvente térmica final (TER020, todo el territorio nacional excepto Canarias; TER021, para Canarias)
- Renovación o sustitución de ventanas en edificios terciarios existentes (TER060, todo el territorio nacional excepto Canarias; TER061, para Canarias)
- Rehabilitación profunda de un edificio terciario existente (TER080)
- Sector Residencial
- Rehabilitación de la envolvente térmica de edificios de viviendas con superficie afectada mayor del 25% (RES010, todo el territorio nacional excepto Canarias; RES011, para Canarias)
- Rehabilitación de la parte opaca de la envolvente térmica de edificios de vivienda con superficie afectada inferior o igual del 25% de la envolvente térmica final (RES020, todo el territorio nacional excepto Canarias; RES021, para Canarias)
- Renovación o sustitución de ventanas en edificios de viviendas (RES070, todo el territorio nacional excepto Canarias; RES061, para Canarias)
- Rehabilitación profunda de edificios de viviendas (RES080)
En ambos casos, en el supuesto de renovación o sustitución de ventanas No se acepta la reforma de superficies acristaladas ubicadas en cerramientos interiores ni la instalación o sustitución de cerramientos o acristalamientos de terrazas techadas.
Las nuevas ventanas deben contar con declaración de prestaciones y marcado CE, en el caso de tener marco metálico, debe contar con una rotura mínima de puente térmico de 16 mm. La clasificación de permeabilidad al aire será clase 2 o 3 según el CTE.
En el caso de que las ventanas sean sustituidas por otras con cajón de persiana, el cajón debe tener una permeabilidad al aire clase 4 y una transmitancia térmica inferior a 1,5 W/m2.
Más información y requisitos a cumplir en cada caso en:
https://boe.es/boe/dias/2023/07/22/pdfs/BOE-A-2023-16940.pdf
Fuente: Asefave