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Aprobada la convocatoria de subvenciones para la rehabilitación integral de edificios en el Casco Antiguo, Primer y Segundo Ensanche, dotada con 978.000 euros

01/10/2020
La partida se ha incrementado casi en un 40% respecto a los 700.000 euros de la convocatoria del año pasado
La partida se ha incrementado casi en un 40% respecto a los 700.000 euros de la convocatoria del año pasado.

El Ayuntamiento de Pamplona ha aprobado la convocatoria de subvenciones destinadas a la rehabilitación integral de edificios en el Casco Antiguo y Primer y Segundo Ensanche para este. Su dotación presupuestaria ha aumentado este año en casi un 40%, ya que el pasado 2019 estas ayudas contaron con un presupuesto de 700.000 euros. La convocatoria está pendiente de publicarse en el Boletín Oficial de Navarra. Será entonces cuando comience el plazo de presentación de las solicitudes oportunas en cualquiera de los registros municipales.

Esta convocatoria busca fomentar la realización de actuaciones de rehabilitación integral de edificios situados en el Casco Antiguo, en el Primer o en el Segundo Ensanche de la ciudad. Regula, en concreto, las obras de rehabilitación y renovación de los edificios del Casco Antiguo y las obras de rehabilitación de los edificios del Primer y del Segundo Ensanche. Solo se concederán ayudas municipales a las actuaciones ya finalizadas en las que se han realizado las obras exigidas previamente por la Oficina de Rehabilitación de Vivienda.

Los 978.000 euros con los que está dotada la convocatoria se dividen en dos conceptos: por una parte, se destinarán 900.000 euros a obras de rehabilitación y renovación y, por otra, 78.000 euros a préstamos a personas propietarias usuarias sin recursos económicos. En concreto, se subvencionarán obras para que han sido destinadas a mejorar la adecuación estructural del edificio en pro de su seguridad; para la adecuación funcional del inmueble en aspectos como humedad, aislamiento térmico, redes generales de agua, gas, electricidad, telefonía y saneamiento, mejoras en fachadas, alineaciones, cubiertas, en consumo energético o la adaptación a la normativa vigente (agua, gas, antenas colectivas, protección contra incendios). De manera específica, se subvencionan actuaciones que persiguen los objetivos de adaptación de los edificios a unas adecuadas condiciones de accesibilidad, de obtención de las viviendas a unas condiciones de habitabilidad adecuadas y de una mejora de la imagen urbana de la zona.

Las actuaciones protegidas de rehabilitación podrán ser realizadas por las personas físicas o jurídicas que ostenten y acrediten la condición de propietario, inquilino o usuarios no propietario (en estos casos, siempre que cuenten con el permiso expreso del propietario) sobre los bienes sobre los que recaigan las actuaciones susceptibles de subvención. Asimismo, podrá obtener la condición de beneficiario las comunidades de propietarios en los supuestos que recoge la normativa. Los expedientes se tramitarán y resolverán conforme se vayan presentando y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello. El plazo máximo para resolver y notificar será de 6 meses.

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