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Cambio normativo

Novedades legislativas que afectarán a los productos plásticos dirigidos al sector de la construcción

Paco Gómez Jiménez. Negocio y Desarrollo de Mercados. Aimplas (Instituto tecnológico del plástico)07/10/2013

El pasado 1 de julio entró en vigor el nuevo Reglamento (UE) Nº 305/2011 de Productos de Construcción que sustituye a la Directiva 89/106 CEE. Este Reglamento fija las condiciones para la comercialización de los productos de construcción estableciendo reglas armonizadas sobre cómo expresar las prestaciones de estos productos y sobre el uso del marcado CE en ellos.

Con el cambio, se ha buscado aportar claridad y reducir la carga administrativa de la Directiva de Productos de Construcción, en especial para las pymes. Este nuevo texto, que se aplica obligatoriamente en todos los estados miembros sin necesidad de transposición al derecho interno de cada país, plantea cambios para los diferentes agentes económicos del sector, fabricantes, representantes autorizados, distribuidores e importadores.

Productos plásticos

Productos plásticos.

Una de las principales novedades para los fabricantes es que se sustituye la Declaración CE de conformidad (DPC) por una Declaración de Prestaciones. Ésta, deberá ser conservada durante diez años después de la introducción del producto en el mercado, y se podrá entregar al cliente por vía electrónica. Como base para la declaración de prestaciones, los fabricantes elaborarán una documentación técnica.

Además, con el nuevo Reglamento las empresas fabricantes que sean minipymes cuentan con procedimientos especiales. Otra importante novedad es que quedan exentos de la declaración de prestaciones y del marcado CE tres tipos de productos: el fabricado por unidad o hecho a medida, el producto fabricado en el propio lugar de la obra para su incorporación en la misma y el fabricado de manera tradicional o de manera adecuada a la conservación del patrimonio y por un proceso no industrial.

Esto supone un cambio para prescriptores y técnicos de las obras, ya que en los tres tipos de productos en los que el fabricante puede abstenerse de emitir una declaración de prestaciones, la colocación de estos productos en la obra será responsabilidad del encargado de la seguridad de la ejecución de la obra.

Además, al desaparecer el concepto de idoneidad al uso de los productos con marcado CE (la declaración de prestaciones que emite el fabricante supone exclusivamente una expresión de las características de su producto), queda bajo la responsabilidad de la Reglamentación del Estado miembro, o en su defecto de los técnicos prescriptores, el garantizar la idoneidad del producto para la obra concreta.

Otro concepto que añade el nuevo Reglamento y que no contemplaba la anterior Directiva es el de utilización responsable de los recursos naturales. Esta cuestión la desarrollarán cada uno de los países miembros contemplándolo en sus reglamentaciones.

En este ámbito, Aimplas es Organismo Notificado por el Ministerio de Industria (nº 1842) según el nuevo Reglamento (UE) Nº 305/2011 para la realización de los ensayos de tipo inicial requeridos para el marcado de los siguientes productos:

- Depósitos termoplásticos fijos para almacenamiento en superficie de gasóleos domésticos de calefacción, queroseno y combustibles diésel según UNE-EN 13341.

- Pequeñas instalaciones de depuración de aguas residuales para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes: fosas sépticas prefabricadas y plantas de depuración de aguas residuales domésticas prefabricadas según UNE-EN 12566-1 y-3.

Materiales en contacto con agua de consumo humano

La otra gran novedad que a corto plazo se vislumbra para el sector es la regulación legislativa de los materiales en contacto con agua de consumo humano. Tras más de 10 años de negociaciones en las que no se ha conseguido definir una base normativa a nivel europeo, el grupo de la Comisión Europea encargado de esta cuestión ha decidido dar más libertad a los estados miembros. Este cambio ha supuesto que desde la Dirección General de Salud Pública, Calidad e Innovación ya se esté trabajando para desarrollar un nuevo Real Decreto que fije los requisitos que deben tener los productos de la construcción que estén en contacto con agua de consumo humano.

Aimplas, como experto en Marcado CE de productos plásticos para construcción y en plásticos en contacto con agua para consumo humano, organizará el próximo día 30 de octubre un encuentro en el que dará a conocer las claves tanto del nuevo reglamento como del borrador del Real Decreto que se ha elaborado desde el Ministerio, identificando los cambios que la nueva normativa supone para las empresas y orientándolas para su adaptación a la misma.

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AIMPLAS - Instituto Tecnológico del Plástico

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