Nuevo reglamento para materiales plásticos en contacto con alimentos
10 de febrero de 2011
A mediados del pasado mes de enero, se publicó en nuevo Reglamento de Materiales Plásticos en Contacto con Alimentos, concretamente el Reglamento (UE) 11/2010 de 14 de enero de 2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos.
Conocido coloquialmente como el PIN, este reglamento surge como necesidad de englobar todas las anteriores directivas relacionadas con los materiales plásticos en contacto con alimentos, y aportar un criterio común dentro de los países pertenecientes de la Unión Europea.
¿Qué supone la publicación de este reglamento?
La publicación de este reglamento supone la armonización de la legislación de materiales plásticos en contacto con alimentos anterior (Directiva 2002/72/CE) con todas sus modificaciones y los documentos Legales independientes de los países miembros de la Unión Europea.
Otro aspecto importante es la adaptación de la legislación a los nuevos estudios sobre migración que han ido apareciendo.
¿Qué cambios incorpora el nuevo reglamento en referencia a la seguridad alimentaria de los plásticos?
Como cambios importantes a resaltar en el presente reglamento convienen resaltar los siguientes:
1. El primer cambio importante, radica en las modificaciones de las condiciones de análisis para verificar el cumplimiento de los plásticos en materia de seguridad alimentaria. Los ensayos de migración global y específica se vuelven más exigentes con los plásticos, con lo que estos aumentan los niveles de seguridad alimentaria, dejando aún más presente en el caso de cumplimiento la inocuidad de estos.
2. Otro cambio importante y que es merecedor de comentario, es el control que ejerce el presente reglamento sobre las sustancias con tamaño ‘nano’. La lista Positiva del Reglamento no contempla la aptitud de las sustancias cuando estas están en tamaño nanométrico. Estas sustancias deben de ser sometidas a estudios de toxicidad, y ser autorizadas por la EFSA (European Food Safety Asociation).
3. El control de migración específica sobre alimentos sólidos, deshidratados y sin grasa en la superficie, es otro cambio importante emergente en este reglamento. Estos no eran controlados en las anteriores directivas.
¿Cuándo entra en vigor el reglamento y cuando se deben de realizar las nuevas condiciones de ensayo?
La entrada en vigor del presente reglamento, es el 1 de mayo del presente año, si bien el mismo deja abierto un periodo de adaptación para las empresas, relacionado con los ensayos de migración.
A partir del uno de mayo quedan derogadas las anteriores directivas relacionadas con plásticos en contacto con alimentos, excepto las que incorporan los requisitos de ensayo de los plásticos en contacto con alimentos. En España, el Real Decreto que recoge esto es el R.D. 866/2008, el cual podrá convivir con el presente Reglamento hasta el 1 de enero de 2013. Esto quiere decir que hasta esa fecha las empresas que se vean afectadas por este reglamento podrán realizar los ensayos que verifican la aptitud alimentaria de los envases conforme a la anterior legislación. Después de esta fecha ya sólo se podrán aplicar las nuevas condiciones de ensayo para la verificación de la aptitud alimentaria de los plásticos.
Hasta el 1 de enero de 2016 podrán convivir en el mercado materiales que se hayan testado con las condiciones de ensayo de las directivas derogadas y las del presente reglamento, pero en esta fecha, ya todos los materiales introducidos en el mercado deberán estar analizados con las nuevas condiciones de ensayo.
¿Cómo sé si mi material se ve afectado por las nuevas condiciones de ensayo, y en qué medida?
Aimplas, como Instituto Tecnológico del Plástico y pionero en materia de seguridad alimentaria en plásticos, pone al servicio de las empresas un completo equipo de asesoría especializada en estos campos. Aimplas cuenta con más de 2 años de experiencia dando soporte a las empresas fabricantes y usuarias de envases plásticos en contacto con alimentos, situándose como unión entre la realidad empresarial y las cada día mayores exigencias legislativas.