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Los servicios acreditados por ENAC apoyan el cumplimiento de los requisitos del Real Decreto 3/2023

Redacción Interempresas21/03/2023

El Día Mundial del Agua, que se celebra cada 22 de marzo, resalta la importancia de la gestión sostenible del agua y de un acceso adecuado a agua limpia en línea con los objetivos de la Agenda 2030 de las Naciones Unidas. Para ello, es esencial contar con servicios fiables de control analítico y de la calidad del agua, así como de control y vigilancia del ciclo integral del agua, como son los servicios que realizan las entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC).

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En este sentido, explican en una nota de prensa fuentes de ENAC, el mercado cuenta con más de 240 laboratorios públicos y privados acreditados por la entidad, “que aportan la máxima confianza sobre el control analítico y de la calidad del agua para cualquier uso, utilizando todas las técnicas necesarias, desde las más tradicionales como análisis físico-químicos y microbiológicos, hasta las más novedosas, como los ensayos para determinar el estado ecológico de las aguas, radioactividad o ecotoxicidad. Además, más de cincuenta entidades de inspección están acreditadas para el control de vertidos y de la calidad del medio receptor, garantizando así el control de las aguas residuales y su posible posterior reutilización”.

En el ámbito reglamentario, cada vez son más las administraciones que confían en la acreditación y los servicios de acreditación para aportar garantías en las actividades de evaluación y control del agua.

Es el caso del nuevo Real Decreto 3/2023 que establece los criterios técnicos sanitarios del suministro y calidad de las aguas de consumo humano y las instalaciones que permitan su distribución conforme a lo establecido en la Directiva (UE) 2020/2184, exige la acreditación de los laboratorios de ensayo. En este sentido, en España “contamos con un número muy elevado de laboratorios en disposición de ofrecer un servicio acreditado integral en el ámbito de este real decreto”.

En cuanto a los vertidos y la calidad del medio receptor, la Orden MAM/985/2006 de 23 de marzo, por la que se desarrolla el régimen jurídico de las Entidades Colaboradoras de la Administración Hidráulica (ECAH) en materia de control y vigilancia de calidad de las aguas y de gestión de los vertidos de dominio público hidráulico, exige la acreditación de acuerdo con UNE-EN ISO/IEC 17025 si el ámbito de actuación es ensayo, y UNE-EN ISO/IEC 17020 si es inspección, para ser autorizado como ECAH por el Ministerio de Transición Ecológico y Desarrollo Demográfico.

Asimismo, entre las reglamentaciones nacionales, el Ministerio de Transición Ecología y Desarrollo Demográfico establece que sólo estas entidades autorizadas, acreditadas según la norma UNE-EN ISO/IEC 17020, pueden llevar a cabo actividades de inspección de los vertidos y del estado de las masas de aguas superficiales y aguas subterráneas. Son actuaciones que no sólo tienen un carácter de vigilancia y control, sino también intervienen en el origen de los focos de contaminación para minimizar el impacto que las distintas actividades provocan en los ecosistemas acuáticos, añaden desde ENAC.

“ENAC está colaborando con el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico en la Orden Ministerial que establecerá las condiciones para la obtención del título de entidad colaboradora de la Administración hidráulica en materia de control de la seguridad de presas y sus embalses. Entre los requisitos establecidos en dicha Orden, se contempla que los solicitantes dispongan de la acreditación de ENAC en base a los requisitos de la norma UNE-EN ISO/IEC 17020”, concluyen las mismas fuentes.

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