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Han pasado ya casi diez años desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) en nuestro país

¿Por qué las no cumplen con la prevención de riesgos laborales?

Patxi Agúndez. Director-Gerente de Segestion Quality01/08/2005
La mayoría de las empresas españolas no priorizan la salud laboral entre sus objetivos. Sólo en uno de los aspectos, como es la evaluación de los riesgos y auditoría de ellos, se puede afirmar, según el autor, que muchas empresas buscan auditorías y evaluaciones baratas y superficiales.
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La prevención de riesgos se enmarca en un tema más amplio como es la salud laboral y, a su vez, la salud laboral comprende tanto los aspectos físicos como psíquicos.

El primer aspecto o el primer enfoque de la salud laboral es el cultural. ¿Tener trabajadores motivados en su trabajo y que, además, no entren en baja por accidente, es una carga legal o es un activo rentable? Si respondemos con sinceridad a esta pregunta, estaremos en condiciones de evaluar la calidad -y futuro- de nuestra empresa.

Si tenemos trabajadores nómadas, inseguros e insatisfechos, tendremos una mala empresa desde el punto de vista moral y también económico. Y eso aunque eludamos las sanciones de la Administración Laboral.

No creo ser injusto si afirmo que la mayoría de las empresas españolas no priorizan la salud laboral entre sus objetivos. Sólo en uno de los aspectos, como es la evaluación de los riesgos y auditoría de ellos, se puede afirmar, sin mucho error de cálculo, que muchas empresas buscan auditorías y evaluaciones baratas y superficiales.

Hoy es una lacra, pues, aparte del drama humano, el impacto económico de casi veinticinco millones de jornadas perdidas al año. Llevamos casi diez años desde la promulgación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) y es verdad, hemos avanzado mucho, pero queda la duda de si la prevención se hace en serio. También habría que preguntarse por qué después de casi diez años de entrada en vigor de la Ley 31/1995 continúa pensándose que la prevención es cuestión del departamento con tal denominación, cuando no se piensa que corresponde en exclusiva al Servicio de Prevención, como si fuera posible disociar la gestión de la prevención, es decir, el proceso productivo de la salud laboral de los trabajadores.

Motivos para la falta de Prevención

Entre los motivos para esta falta de desarrollo de la prevención en las empresas destacan entre otros:
  • Una regulación no siempre coherente, que no sabemos cuándo pretende la integración de la seguridad en todos los niveles de la empresa y cuándo estimula todo lo contrario.
  • La existencia de las Mutuas de Accidentes de Trabajo, que deben recorrer aún un largo camino en la mejora de sus servicios. Afortunadamente, hoy en día están desviando la contratación de sus mutualistas hacia entidades privadas.
  • La falta de “incentivos” (que no subvenciones) a la prevención.
  • La laxitud de algunas administraciones en la exigencia del cumplimiento real y no sólo formal de las prescripciones en materia de prevención de riesgos, más preocupados por “los papeles” que por la eficacia de las actuaciones preventivas que se puedan llevar a cabo en las empresas.
  • La escasa concienciación o disciplina de muchos trabajadores.
  • La falta de integración de la prevención a todos los niveles de la empresa.
  • La periodicidad, excesivamente larga, de las auditorías.
Si la gestión de la prevención se considerara al mismo nivel que otras áreas de gestión de la empresa, la situación sería muy distinta.
No podemos escudarnos en que la normativa es muy compleja o confusa y de difícil aplicación, pues ya ha transcurrido tiempo más que suficiente para su estudio y la adaptación a ella de las empresas. Igualmente, los trabajadores no pueden trasladar permanentemente la responsabilidad a los empresarios.

Obviamente, no hay recetas mágicas, pero probablemente si la gestión de la prevención se considerara al mismo nivel que otras áreas de gestión de la empresa como la financiera, calidad o producción, la situación sería muy distinta.

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En cuanto a las responsabilidades en que los empresarios pueden incurrir, éstas pueden ser de carácter público, ya que el Estado es el máximo interesado en que se cumplan las normas que la regulan: en este caso, se puede hablar de responsabilidad administrativa, civil y penal.

En la práctica, el cumplimiento de la LPRL ha sido difícil, tal vez por su tratamiento excesivamente general e idealista. De hecho, transcurridos varios años desde su promulgación, las esperanzas que generó se han visto frustradas por la terca realidad de unas cifras de accidentes crecientes año tras año, por un número también creciente de los accidentes con más graves consecuencias y por mayores pérdidas de jornadas de trabajo.

Este incremento en la siniestralidad ha generado una cierta alarma en la sociedad y ha motivado su análisis desde muy distintas posiciones, tratando de encontrar las razones que explicasen tan desfavorable evolución.

Para algunos dirigentes políticos, la mayor actividad productiva debida a una fase expansiva del ciclo económico es la razón del incremento de los accidentes. Para otros, la elevada tasa de temporalidad contractual. Puede ser que tales razones sean sólidas.

Pero resulta general el desconcierto y la certeza de que los accidentes constituyen la asignatura pendiente de la reválida política en materia laboral.

En los argumentos esgrimidos por Gobierno, empresarios y sindicatos siempre hay algo de verdad, pero no son suficientes para proporcionar una explicación convincente de por qué las cifras siempre han sido altas en comparación con otros países de nuestro entorno económico, y de por qué la aplicación de la nueva ley ha coincidido con un notable e inesperado retroceso en la eficacia preventiva.

Las razones son de mayor calado y hay que buscarlas en el agotamiento del modelo de sistema preventivo implantado hace más de veinte años, cuando se reconoció la necesidad de incorporar a empresarios y trabajadores en las decisiones de la Administración en esta materia, a través de sus respectivas organizaciones representativas.

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