Significativas reducciones en los módulos del IRPF 2020 para agricultores y ganaderos
El Boletín Oficial del Estado publica la Orden del Ministerio de Hacienda por la que se reducen, para agricultores y ganaderos, los Índices de Rendimiento Neto para el periodo impositivo 2020 en el sistema de estimación objetiva del IRPF (o de módulos). Esta orden recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), tras recabar los informes de las comunidades autónomas, de minoración de dichos índices.
Las reducciones aprobadas se suman a la del 20% aplicada de forma horizontal a todos los agricultores y ganaderos de forma excepcional para ayudar a los sectores especialmente afectados por la actual situación generada por la COVID-19 (Real Decreto-ley 35/2020, de 22 de diciembre).
Esta rebaja de la base imponible de los declarantes en el régimen de estimación objetiva agraria se calcula en 1.081 millones de euros. Unos 534 millones de euros corresponden a la orden recientemente aprobada y otros 547 millones de euros son debidos a la rebaja del 20% que beneficia a los 900.000 agricultores y ganaderos de todo el Estado que eligen el sistema de módulos del IRPF para tributar.
Además, se han tenido en cuenta los daños en el sector agrario por adversidades climáticas como la falta de precipitaciones en el noroeste y en el suroeste peninsular, el exceso de las mismas en amplias zonas del tercio este y en puntos del centro y norte de la península, así como otros episodios extremos, como la tormenta Gloria en enero de 2020.
De forma adicional, para la declaración de la renta de 2020 se continúa aplicando el coeficiente corrector por uso de electricidad para el riego. Los agricultores que utilicen electricidad para el riego podrán beneficiarse de una reducción de un 20 % del rendimiento neto para cultivos regables.
Sectores agrícolas
- Flores y plantas ornamentales: de 0,32 a 0,06.
- Olivar: de 0,26 a 0,18.
- Uva para vino con DOP: de 0,32 a 0,22.
- Uva para vino sin DOP: de 0,26 a 0,18.
Sectores ganaderos
- Bovino de cría: de 0,26 a 0,18.
- Bovino de carne: de 0,13 a 0,09.
- Ovino de carne: de 0,13 a 0,09.
- Caprino de carne: de 0,13 a 0,09.
- Porcino ibérico de carne: de 0,13 a 0,09.
- Porcino ibérico de cría: de 0,26 a 0,18.
- Apicultura: de 0,26 a 0,13.