Parámetros y valores para la exportación de aceite de oliva
Cuando una productor/envasador va a realizar una exportación, hay trámites fundamentales:
1. Por un lado, está la inspección de la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía, que debe emitir un Certificado de Exportación. En este documento se certifica que el producto ha sido fabricado/elaborado/transformado según la normativa vigente, y que cumple las especificaciones técnicas marcadas por la legislación vigente para su categoría: Reg. 2568/1991 y modificaciones, Reg. 1881/2006 y modificaciones (este segundo reglamento se pide o no, a criterio de la autoridad sanitaria). La inspección se encarga de verificar la trazabilidad del aceite envasado y destinado a la exportación, así como de revisar los informes analíticos realizados por el productor/envasador para demostrar que el aceite envasado se corresponde con la categoría expuesta en la etiqueta.
La razón de realizar esta analítica es verificar que el aceite exportado cumple con la categoría marcada en la etiqueta, de manera que no existen adulteraciones de ningún tipo, ni de aceites de oliva de otra categoría (orujo, refinado…), ni de otro tipo de aceites vegetales comestibles (girasol, soja, colza…). Por ejemplo, se puede detectar una adulteración con oliva refinado mediante el análisis de los estigmastadienos, o la adulteración con girasol mediante el análisis de la composición de esteroles.
Para verificar que un aceite cumple con las especificaciones de su categoría, el SOIVRE sigue un esquema de decisiones que está perfectamente reglamentado. Por ejemplo, para verificar que se trata de un aceite de oliva virgen extra, los esquemas de decisiones serían los expuestos en los Gráficos 1 y 2.
3. Y, por último, cuando el producto llega al país importador, será analizado por la aduana de entrada según la legislación vigente en ese país. En algunas ocasiones, y dependiendo del país al que se exporta, se puede evitar que el aceite sea analizado por la aduana receptora, si desde el origen (productor/envasador) se acompaña la partida de aceite con una analítica acorde con la legislación del país receptor. Para conocer esta legislación lo aconsejable es ponerse en contacto con la Embajada del país en cuestión en España.