Autorización provisional en PI Kresoxim-metil 50% en olivar de almazara
La sustancia activa Kresoxim-metil 50% se encuentra autorizada para su uso en producción integrada contra repilo dentro de la estrategia de control integrado del Reglamento Especifico de Integrada de olivar, si bien su autorización presenta una restricción que implica su uso únicamente antes de floración.
En atención a la solicitud para la modificación de dicha restricción, y una vez estudiadas las características de la misma, en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Dirección General de la producción Agrícola y Ganadera procede a modificar dicha restricción, de manera que solamente pare el caso de olivar de verdeo el tratamiento debe finalizar antes de la floración, siendo posible hacerlo con posterioridad a ese estado fenológico para el caso de olivar destinado a almazara, tal y como indica la correspondiente hoja de registro del producto. La sustancia activa kresoxim-metil 50% queda autorizada provisionalmente con la modificación de la restricción citada, hasta que tenga lugar la inclusión definitiva en el Reglamento Específico de Producción Integrada de Olivar.
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro, así como en el Reglamento Especifico de Producción lntegrada del cultivo.