La necesidad de un modelo propio de certificación profesional para el sector de la construcción
Enrique Corral Álvarez, director general de la Fundación Laboral de la Construcción
09/12/2020En este sentido, se puede decir que algunos aspectos críticos de la cualificación y la empleabilidad en el mercado de trabajo se han ‘administrativizado’, limitando la toma de decisiones y la capacidad adaptativa de los sectores productivos. En detrimento de la negociación colectiva, que debería ser el instrumento sustantivo de la regulación de estos aspectos vinculados a funciones clave y competencias profesionales, existe una normativa que regula, exhaustivamente, la formación y la certificación de profesionalidad laboral.
La Ley Orgánica 5/2002 previó las cualificaciones profesionales como un instrumento de reconocimiento de los agregados de competencias reconocibles y relevantes en el mercado laboral para convertirlos en referentes de la oferta de formación y para contribuir a la satisfacción de las necesidades de la producción y del empleo. En este sentido, el Sistema Nacional de las Cualificaciones y, dentro de él, la Formación Profesional para el Empleo, deberían haber sido una fiel representación del ámbito productivo y laboral español y haberse dotado de la flexibilidad necesaria para su adaptación continua a las circunstancias de la producción y del empleo.
Sin embargo, su desarrollo ha perdido ese entronque con la realidad productiva y laboral o, cuando menos, lo ha limitado al momento de elaboración y aprobación de cada cualificación profesional. Por ello, su aplicación se concentra en su carácter referente de las ofertas formativas, tanto en el ámbito educativo como en el laboral, y es poco visible en la organización del mercado de trabajo.
No es razonable pretender que la acreditación de la competencia se realice con carácter general a través de procesos formativos reglados y de larga duración, porque estos resultan difícilmente compatibles con la actividad profesional y disocian la competencia del entorno en el que se requiere, se ejerce, se valora y se retribuye.
Es el ámbito estrictamente productivo, a nivel de empresa o de sector, donde se produce la mayor parte de los procesos de aprendizaje profesional, siendo la mayor fuente de adquisición de competencias el propio ejercicio profesional de los trabajadores en sus respectivas ocupaciones y la formación informal asociada al desempeño. De ahí que el Estatuto de los Trabajadores, al regular la clasificación profesional y promoción en el trabajo, asigne a la negociación colectiva la tarea de impulsar la formación y la certificación como instrumento para la promoción profesional.
El sector de la construcción no está al margen de la exigencia creciente de cualificación y certificación de instalaciones, procesos y personas, que se sitúan más allá de la formación y certificación oficial prevista en el ámbito regulatorio de la Formación Profesional para el Empleo.
Esta necesidad de certificación se extiende a distintos procesos y a las competencias requeridas para su realización, por razones de calidad, trazabilidad, sostenibilidad y, en todo caso, por exigencia de las relaciones entre clientes y proveedores, contratistas y subcontratistas, así como de terceros aseguradores y competentes en el control cualitativo de la actividad productiva. La única respuesta posible es adaptativa: flexibilizar y complementar por vías distintas la formación y certificación necesaria de procesos y personas.
Por todo ello resulta imprescindible la puesta en marcha, a través de la negociación colectiva, de un modelo propio de formación y certificación profesional del sector de la construcción, complementario respecto del ‘oficial’ regulado en el marco del Sistema Nacional de las Cualificaciones.