Los miembros de FEPEX acuerdan varias propuestas para mejorar el marco regulatorio actual
La Comisión de Gobierno de FEPEX, reunida esta semana en Madrid, ha consensuado un conjunto de propuestas de mejora y simplificación del marco regulatorio actual, que se trasladarán a las respectivas administraciones, entre las que se encuentran medidas para permitir el acceso a la generalidad de los productores hortofrutícolas a los pagos directos de la PAC o medidas sobre el Real Decreto de uso sostenible de productos fitosanitario, con el fin de que dicho marco no afecte negativamente a la actividad productiva y comercial.
La Comisión de Gobierno de FEPEX, compuesta por los responsables de las asociaciones integradas situadas en las principales zonas de producción hortofrutícola, consideró que el Real Decreto 1045/2022 de 27 de diciembre, sobre derechos de ayuda básica a la renta para la sostenibilidad de la Política Agrícola debería modificarse, para garantizar que los productores de frutas y hortalizas y de flores y plantas que lo soliciten puedan acceder a los pagos directos a través de la reserva nacional en las mismas condiciones que los beneficiarios actuales.
Respecto al Real Decreto de uso sostenible de productos fitosanitarios, FEPEX propone su derogación o al menos su aplazamiento hasta que se apruebe el Reglamento comunitario, cuyo contenido final se desconoce.
Con relación a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre envases y residuos de envases que presentó la Comisión Europea el 30 de noviembre del año pasado, se considera necesaria la eliminación de la obligación de vender a granel las frutas y hortalizas frescas en lotes inferiores a 1,5 kg, ya que esta medida hace prácticamente inviable la estrategia de diferenciación por origen y calidad, lo que conllevará a una pérdida del valor añadido de las producciones comunitarias.
Se analizaron también las consecuencias de la reforma laboral aprobada en el Real Decreto-ley 32/2021, que entró en vigor el 31 de marzo del 2022, considerando necesaria su adaptación al sector agrícola para dar una mayor seguridad jurídica en lo relativo a la contratación temporal. En concreto se plantearon tres medidas. En primer lugar, garantizar la seguridad jurídica en la aplicación del contrato de circunstancias de producción ocasionales o previsibles a trabajadores por cuenta ajena en la actividad agraria. En segundo lugar, la ampliación de la duración del contrato temporal actual por circunstancias de producción ocasionales o previsibles de 90 a 120 días naturales, o en su defecto, adaptar el contrato actual de 90 días naturales a un contrato de 90 jornadas reales de trabajo. Y, en tercer lugar, se considera necesario clarificar la definición y garantizar la seguridad jurídica del contrato fijo discontinuo de los trabajadores ocupados en la actividad agraria.