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Foro Ovino 2022 - Seminario Recría 10 MSD Animal Health - Nunca bajes la guardia frente a los coccidios

Nuevo escenario legislativo para el uso de coccidiostáticos

Laura Elvira

Gerente Técnico de Rumiantes de MSD Animal Health

09/11/2022
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La nueva normativa europea sobre medicamentos veterinarios ha establecido algunos cambios que influyen en los tratamientos frente a los coccidios en ovino. El lema ‘Tanto como sea necesario, tan poco como sea posible’ está más vigente que nunca.
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El sector ganadero lleva años trabajando en la reducción del uso de antibióticos, desde que en 2015 España resultó ser el país de la Unión Europea que más antibióticos consumía en ganadería. El trabajo ha dado sus frutos en los últimos años, aunque debemos seguir mejorando. En este sentido, el sector ovino es uno de los que menos antibióticos consume.

Desde la fase inicial se comenzó a trabajar en concienciación, en un proyecto liderado por la Agencia del Medicamento. A continuación, entraron en vigor los Programa Reduce, que fueron el primer paso de aplicación práctica de reducción del consumo de antibióticos para hacer las explotaciones más eficientes.

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El nuevo Reglamento

El Reglamento 2019/6 del Parlamento Europeo, que entró en vigor el 28 de enero de 2022, trata diversos aspectos de la vida de los medicamentos veterinarios, entre ellos la prescripción y uso. Aunque ha habido algunos años de adaptación, lo cierto es que para la clínica veterinaria y para los ganaderos ha llegado de una forma bastante imprevista. Esta normativa es de obligado cumplimiento para todos los países de la Unión Europea y sienta las bases que se deben cumplir, aunque está pendiente de publicación un Real Decreto sobre prescripción de medicamentos veterinarios con más detalle. De todos modos, hay algunos aspectos que son interpretables, ya que no hay directrices específicas para cada enfermedad, pero en las que se está trabajando a través de grupos de trabajo.

La nueva reglamentación de la UE, que ya está en vigor, establece nuevos aspectos en la prescripción veterinaria, sobre todo en el caso de los antimicrobianos.

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Cambios en el uso de antimicrobianos

La nueva normativa incluye un apartado específico sobre el uso de antimicrobianos, grupo en el que están las siguientes categorías: antibióticos, antivirales, antimicóticos y antiprotozoarios. Por lo tanto, incluye también los tratamientos para coccidios y criptosporidios.

Se establece que los medicamentos antimicrobianos se pueden seguir utilizando en veterinaria, pero con algunas restricciones. Así, no se pueden usar para compensar faltas de buenas prácticas, como son la higiene, el manejo o las instalaciones, aspectos que trabajan desde hace tiempo en la gran mayoría de las explotaciones ganaderas, y en los que habrá que profundizar y registrar a partir de ahora. Tampoco se deben usar los antimicrobianos para fomentar el crecimiento ni aumentar el rendimiento de los animales, lo que ya estaba en la normativa desde hace tiempo. En tercer lugar, no se pueden usar de forma profiláctica, salvo en casos excepcionales justificados; se habla de casos individuales, grupos pequeños cuando existe riesgo… pero sin entrar en detalle.

Toda esta normativa gira alrededor de la idea de que la prevención debe ser la base de la sanidad animal, mientras que los tratamientos deben aplicarse únicamente cuando a pesar de aplicar las medidas de prevención estos sean necesarios. En realidad, puede ser una oportunidad para el sector y para conseguir que las granjas sean más eficientes, ya que al adelantarnos a las enfermedades, con asesoría en bioseguridad, planes vacunales, mejoras en las instalaciones… los animales estarán más sanos, serán más productivos y contarán con mayor bienestar.

La normativa no pretende que se dejen de utilizar los antimicrobianos, porque no se han retirado o prohibido moléculas, como ha ocurrido en otros sectores o países. La idea es que se usen ‘Tanto como sea necesario, tan poco como sea posible’. Ante el problema de las resistencias, el sector ganadero debe aportar su parte con el enfoque One Health, pero sin olvidarse de que la salud de los animales es una parte fundamental del bienestar animal, por lo que no podemos tampoco dejar de tratar a los animales cuando sea necesario, sino que se trata de encontrar el equilibrio.

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Tratamiento frente a los coccidios

El tratamiento frente a los coccidios es uno de los aspectos que se ven afectados por la nueva normativa. Mientras se van desarrollando directrices a nivel nacional, se han establecido unas recomendaciones desde la Unión Europea (Reflection Paper) respecto a los tratamientos que se aplicaban de forma profiláctica en las diferentes especies (secado, diarreas neonatales, neumonías, cirugías y coccidios y criptosporidios). En este documento se ha analizado la necesidad o no del tratamiento profiláctico y las posibles alternativas. De todos modos, hay que tener en cuenta que el criterio clínico del veterinario es el prioritario.

De forma específica frente a los coccidios, está documentado y reconocido por la UE que es un problema con una gran persistencia de los ooquistes en distintas especies ganaderas. Una carga muy baja, al infectar a los animales susceptibles, se puede replicar de forma rápida y provocar una rápida diseminación de la enfermedad. Si se actúa cuando el animal ya está enfermo, llegamos tarde porque no se cortará el ciclo ni se minimizarán los efectos de la enfermedad, por lo que hasta la fecha se ha actuado de forma profiláctica o metafiláctica a nivel de lote (tratando al tiempo algunos animales que presentaban síntomas y otros que no). A nivel de prevención, a falta de disponibilidad de vacuna, únicamente se puede trabajar en cuestiones de manejo, como la mejora de la higiene, reducción de densidades o minimizar el estrés de los animales.

Sin embargo, solamente con manejo a veces es complicado atajar la enfermedad, por lo que las propias recomendaciones de la UE consideran a los coccidios como una potencial excepcionalidad que avalaría más que el uso profiláctico, el uso metafiláctico de los anticoccidiósicos, si bien las fichas técnicas de los productos recogen que su uso es preventivo. Sin embargo, sí que cabe la metafilaxia en esas fichas técnicas, porque se especifica que, si no hay un historial reciente y confirmado de coccidiosis clínica, antes de tratar debe confirmarse la presencia de coccidios en el rebaño mediante muestreos fecales. Por lo tanto, a la hora de realizar la prescripción, la metafilaxia parece ser la principal alternativa para los tratamientos contra coccidios. La diferencia entre ambos usos es que profilaxis es aplicar el tratamiento antes de que aparezca la enfermedad, mientras que metafilaxia es aplicar un tratamiento cuando ya hay presencia de la enfermedad, con algunos animales enfermos y otros sanos, con el objetivo de minimizar el impacto del brote.

Por otra parte, el Reflection Paper establece en el caso de los antiprotozoarios que no se haga un uso rutinario y que sean tratamientos de corta duración en el momento estratégico para cortar el ciclo del parásito. Por lo que el uso de tratamientos metafilácticos puntuales en el momento crítico parece ser la mejor estrategia.

En la práctica, para que sea metafilaxia no puede hacerse como algo rutinario, sino que debe haber sospecha de presencia en la enfermedad, ya sea por clínica o por confirmación por laboratorio. Además, no podemos olvidar que la base del control de los coccidios debe ser establecer medidas de prevención basadas en el manejo, disminuyendo la presión de infección, mejorando la inmunidad y reduciendo el estrés. Por lo tanto, es recomendable contar con protocolos de limpieza y desinfección en las granjas para intentar que los problemas sean lo menos posibles y justificar que los tratamientos se realizan solo en los casos necesarios.

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Aplicación práctica del tratamiento

A la hora de tratar con antimicrobianos en metafilaxia, se debe partir de un diagnóstico veterinario, ya sea individual o de rebaño. No es necesario diagnosticar a cada animal enfermo, pero el veterinario tiene que conocer la explotación y realizar visitas periódicas para poder justificar la prescripción. Una vez el veterinario realiza el diagnóstico, se puede realizar el tratamiento siguiendo las indicaciones y la posología recomendada por las fichas técnicas. Sin olvidarnos que la base debe ser la prevención, por lo que periódicamente es recomendable revisar el plan preventivo que se efectúa en la granja.

Conclusión

La nueva normativa del medicamento supone una serie de cambios a los que debemos adaptarnos, pero también puede ser una oportunidad. Trabajar en prevención no solo reduce el uso de antimicrobianos, sino que también mejora el bienestar animal y hace a las granjas más eficientes y rentables.
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