El Gobierno flexibiliza los criterios de apertura de las estaciones de servicio
En el tercer grupo se incluyen aquellas instalaciones con un volumen de ventas superior a 5 millones de litros al año, “ubicadas habitualmente en localizaciones estratégicas y con alta capacidad de suministro. Se ha dispuesto de un criterio adicional para aquellas provincias, ciudades autónomas o islas donde ninguna estación de servicio totaliza estas ventas, de forma que las principales estaciones de servicio en cada uno de estos territorios estén incluidas”, informaron fuentes de La Moncloa.
También se encuentran en este grupo las estaciones de servicio de los hipermercados, “dado que son establecimientos que continúan abiertos según lo establecido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19”.
En esta categoría se encuadran, además, “las instalaciones automatizadas y que, por tanto, no cuentan con personal para atender el servicio, cuestión que disminuye el riesgo sanitario”, asegura la nota de prensa difundida el 26 de mayo por el Ejecutivo central.
Otras instalaciones que deben cumplir con esos horarios son “los puntos de repostaje con contratos de hospitalidad para transportistas, ya que son necesarios para determinados conductores y flotas logísticas porque están habilitados para el pago con determinadas tarjetas de combustible dirigidas a profesionales”.
Las gasolineras que suministran combustibles para automoción menos habituales como los gases licuados del petróleo (GLP), el gas natural comprimido (GNC) o el gas natural licuado (GNL) también deberán ajustarse a esas horas de apertura.
Otros puntos de venta de carburante que pueden abrir esas 90 horas semanales son las estaciones de servicio que, “aun no encajando en alguno de los criterios previos, se ubican en entornos estratégicos, como pueden ser hospitales o parques logísticos, o en zonas no metropolitanas y, por tanto, son necesarias para aportar mayor capilaridad al suministro, con especial atención a la insularidad”.
“En aquellos municipios en los que no se hayan identificado instalaciones de los dos grupos previamente descritos se mantiene la obligación de que la gasolinera con mayores ventas permanezca abierta con un horario reducido”, añaden desde La Moncloa.
Estas medidas se han tramitado a través de una Resolución de la Secretaría de Estado de Energía y con ellas se pretende garantizar el suministro de combustibles, especialmente en territorios con menor densidad de población.
Por otra parte, se mantienen las condiciones que ya había fijado la Orden SND/337/2020: estas instalaciones continuarán prestando servicio 30 horas a la semana, de lunes a sábado, con un mínimo de 5 horas diarias. En total, 1.657 puntos de suministro, un 14% del total, cumplen con este requisito.
En los citados casos, los calendarios y horarios figurarán en la web del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), así como en Geoportal Gasolineras.
En cuanto al 48% de estaciones de servicio restante, 5.622, “se mantiene igualmente la libre fijación de horarios fijada en la Orden SND/337/2020”, concluyen las mismas fuentes.