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En una sentencia dictada el pasado 17 de noviembre

El Supremo ratifica que Respol fijó los precios de venta al público en su red de estaciones

Revista Estaciones de servicio24/11/2010
EESS Digital.- El Tribunal Supremo dictó una sentencia el pasado 17 de noviembre en la que confirma que Repsol ha incumplido las normas de competencia nacionales y comunitarias al fijar los precios de venta al público en el 90% de su red, perjudicando con esta medida a empresarios independientes y beneficiándose de dicha infracción.

Esta resolución pone fin a una serie de recursos que la compañía ha venido presentando desde que en 2001 la Resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia diese la razón a la Confederación Española de Empresarios de Estaciones de Servicio (Ceees) y a la Asociación de Gestores de Estaciones de Servicio (Ages), los cuales denunciaron que desde el fin del monopolio de Campsa (en 1993) y hasta la fecha de la resolución, Repsol había estado fijando el precio de venta al público en su red de estaciones de servicio, que en aquel momento suponía el 50% del mercado español (hoy es un 42% del mercado).

La resolución entendía que los gestores de esas gasolineras eran empresarios independientes que asumían riesgos, por lo tanto debían ser ellos los que fijasen los precios del combustible. Por tanto, la sentencia del Tribunal Supremo confirma que la petrolera violó las normas de competencia y provocó una serie de perjuicios tanto a los empresarios de su red de estaciones de servicio como a sus clientes.

Desde Ceees y Ages, además, advierten de la importancia de la sentencia del Supremo en tres puntos distintos. En primer lugar, señalan que en el momento en que se produjo la infracción de Repsol el mercado se encontraba en proceso de liberalización tras años de monopolio de Campsa, impidiendo así este proceso.

Asimismo, destacan que, en esas fechas, Cepsa ostentaba una el 25% del mercado y BP el 10% y estas empresas cuentan con sendas resoluciones que confirman que en aquellos años también fijaron precios, por lo que realmente no se produjo una ruptura efectiva del monopolio Campsa, que ostentaba el 85% del mercado.

Por último, ambas asociaciones destacan que, según la Resolución de julio de 2009 de la Comisión Nacional de la Competencia, estas empresas que estuvieron fijando precios de manera directa hasta 2001, continuaron haciéndolo de manera indirecta hasta 2009, por lo que los empresarios y usuarios no se llegaron a ver beneficiados por la libre competencia en el sector.

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