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Repsol niega que incurra en prácticas anticompetitivas y se defenderá ante la CNC

Revista Estaciones de servicio02/09/2013
Petroleras 2073
Petroleras 2073
Repsol ha rechazado “de pleno” la existencia de “una conducta comercial restrictiva de la competencia”. En declaraciones a Efe, fuentes de la petrolera han anunciado además que la compañía “ejercerá su derecho de defensa” en el marco de los expedientes sancionadores abiertos por la Comisión Nacional de la Competencia (CNC).

Las fuentes de Repsol consultadas por la agencia de noticias han asegurado que “sus prácticas son ajustadas plenamente al derecho de la competencia”, por lo que plantarán batalla para demostrar que sus métodos entran dentro de la legalidad.

Sea como fuere, la petrolera que preside Antonio Brufau está incluida en los dos expedientes incoados ayer, 30 de julio, por la CNC, uno de ellos por un supuesto cártel en la distribución de carburante y otro por concertación de precios con empresarios de estaciones de servicio independientes que forman parte de su red.

Repsol ya fue noticia hace apenas un mes, cuando anunció que reduciría los precios en sus gasolineras los viernes, “garantizando el precio más bajo de toda la semana en esa jornada”. Lo de “garantizar”, claro, tiene letra pequeña y la propia compañía reconoce que “de conformidad con la normativa nacional y comunitaria de competencia, Repsol únicamente puede fijar el precio de venta al público de los carburantes en las estaciones de servicio de su red de gestión propia”.

Sin embargo, tal y como afirma Mariano Aguayo, socio director de Aguayo Abogados, “la normativa en vigor prohíbe la fijación o recomendación directa o indirecta de precios”. Por eso, al prestigioso jurista le parece “alucinante” que “Repsol emita una nota corporativa -no una opinión que desliza un directivo en concreto, sino una nota corporativa- en la que manifiesta una recomendación de precios a su red”.

Y añade Aguayo: “No sólo a su red COCO, sino también a sus redes CODO y DODO. Es sorprendente la falta de respeto de la compañía a la normativa vigente”. Cuando se produjo este episodio, la norma en vigor era el RD-L 4/2013, que decía expresamente que los contratos de suministro en exclusiva “no podrán contener cláusulas exclusivas que fijen, recomienden o incidan, directa o indirectamente, en el precio de venta al público del combustible”.

Tras su trámite parlamentario, el RD-L 4/2013 se ha convertido ya en la Ley 11/2013, publicada en el Boletín Oficial del Estado del pasado 27 de julio. El texto legislativo ha permanecido inmutable en lo que se refiere a la prohibición de recomendación de precios, por lo que la estrategia anunciada por Repsol también contravendría la norma.

Ahora, la CNC tiene un plazo de 18 meses para determinar si los indicios en los que se basan los expedientes sancionadores incoados ayer se convierten en pruebas y se saldan con una sanción a las petroleras, que podría llegar hasta el 10% de la cifra de negocio registrada el pasado ejercicio.

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