Discapacitados, sindicatos y empresarios valencianos rechazan el nuevo borrador sobre las desatendidas
Cocemfe Comunitat Valenciana, CC.OO. y UGT, la Federación Mediterránea de Estaciones de Servicio (Fedmes) y la Agrupación Levantina de Vendedores al por menor de Carburantes y Combustibles (Alevencar) muestran su “frontal oposición” al proyecto de resolución remitido el 27 de octubre por la Dirección General de Comercio y Consumo relativa al horario de atención personalizada en las estaciones de servicio.
Este nuevo texto, “que pretende sustituir a la Resolución de 28 de abril de 2016, supone un paso atrás inaceptable, que sitúa a la Comunidad Valenciana a la cola de toda España en defensa de los derechos de los consumidores y presenta, además, incompatibilidades legales difíciles de entender”.
Desde Cocemfe se anuncia que el colectivo presentará recursos ante la Administración “para evitar que entre en vigor una norma que consideramos traiciona el pacto alcanzado a principios de año y que se vio reflejado en la citada Resolución de 28 de abril de 2016, que ahora se pretende modificar, no ya en su tramitación, sino en su contenido. Estamos totalmente en contra de reducir el horario de atención a 8 horas y a la introducción la 'teleasistencia' como sinónimo de atención personalizada”.
Horario contrario a la propia legislación de la Generalitat
Las citadas entidades “evidencian que este anteproyecto de resolución vulnera la propia ley según la cual se desarrolla”. Los colectivos recuerdan que la disposición segunda adicional introducida en la Ley 1/2011, de 22 de marzo, mediante la Ley 10/2015 de 29 de diciembre, de medidas fiscales, de gestión administrativa y financiera y de organización de la Generalitat, recoge que 'la concreción del horario diurno se hará por resolución de la Dirección General competente en la materia”.
El proyecto de resolución enviado recoge que, “con 'carácter general', el horario diurno será el comprendido entre las 6.00 y las 22.00 horas. Ahora bien, con la mera 'comunicación previa', los establecimientos de suministro al detalle y venta al público de carburantes y combustibles, 'podrán fijar otro horario' en el que dispongan de una persona responsable durante al menos 16 horas 'entre las 4.00 y las 24.00 horas de los días laborables'. Así, la Dirección General, que sólo podía establecer el horario diurno (es decir, si se entiende por la franja de 6.00 a 22.00 o bien de 7.00 a 23.00 horas), regula una franja horaria que incluye el horario nocturno (de 4.00 a 24.00 horas), algo que no le permite la citada disposición segunda adicional de la Ley 1/2011”.
La comunidad autónoma “más lesiva”
Tras analizar con enorme detalle las lagunas que presenta esta nueva redacción, Cocemfe afirma que en caso de que la modificación se apruebe en los términos presentados por la Dirección General de Comercio y Consumo, la Comunidad Valenciana se convertiría en la comundad autónoma “más lesiva respecto a los derechos de los consumidores. Es la única que introduce la teleasistencia y permite la flexibilidad horaria de la atención, así como la reducción generalizada del horario de atención a tan sólo ocho horas. No hay ninguna otra en toda España con una legislación siquiera parecida”, apostillan desde Cocemfe.
Además, agregan desde el colectivo de discapacitados, este borrador “también va en contra del criterio del Congreso de los Diputados”, cuya Comisión de Industria aprobó el 5 de octubre una Proposición no de Ley presentada por el Grupo Parlamentario Socialista en la cual se insta al Gobierno central a “modificar, en coordinación con las comunidades autónomas, las normas que sean necesarias para prever la obligatoriedad de que haya al menos un empleado en las estaciones de servicio para atender a personas consumidoras en horario diurno. Se cumpliría así, además, con el derecho de las personas con discapacidad a ser atendidas en estos establecimientos”.