La CNE carga contra el Gobierno
La Comisión Nacional de la Energía (CNE) critica duramente la recién aprobada reforma energética del Gobierno, en el que puede ser el último informe consultivo de este organismo autónomo.
En vísperas de la desaparición del organismo que hasta la fecha se encargaba de la supervisión del mercado energético, la CNE se revuelve como gato panza arriba y parece dispuesta a "morir con las botas puestas". La razón no es otra que la última reforma energética, la del Real Decreto llevado al Parlamento al cierre de esta edición para su tramitación como Proyecto de Ley. En el mismo, el Gobierno plantea una reforma del sistema eléctrico español que le aporte estabilidad y evita la generación de déficit, según afirma el propio Gobierno. Esta reforma incluye una nueva metodología de retribución a la producción que supone un cambio sustancial y novedoso en nuestro sistema eléctrico.
De forma preceptiva, la Secretaría de Estado de Energía solicitó un informe de valoración a la CNE, función habitual de este organismo, en relación a la propuesta de Real Decreto por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovable, cogeneración y residuos. La respuesta de la CNE ha sido un informe de 81 páginas donde se critica minuciosamente toda la reforma, incluso hasta la forma de solicitar dicho informe preceptivo por parte de la Secretaría de Estado de Energía, por considerar que "con el trámite de urgencia con el que se plantea la consulta, coincidente en el tiempo con un Anteproyecto de Ley del Sector Eléctrico y varios reales decretos y órdenes, no se garantiza la participación efectiva de los distintos agentes involucrados. Máxime, cuando se solicita informe sobre una nueva metodología de retribución, que afecta tanto a instalaciones nuevas como a existentes, sin conocer el valor de los parámetros que dotarán de sentido económico dicha metodología", explica la CNE en las páginas introductorias del informe. Tambíén pone de manifiesto que el contenido de la propuesta es "bastante reducido", llegándolo a calificar de "poco más que un índice comentado", en relación a la importancia del asunto, "que cambia por completo el mecanismo retributivo aplicable hasta la fecha". Y para que no haya lugar a dudas, el informe pone ejemplos, como que no se aporta justificación alguna en aspectos tales como la reorganización de las categorías, grupos y subgrupos en que se clasifican las instalaciones incluidas en el ámbito de aplicación de la propuesta; o la referencia que se hace a la potencia pico de la tecnología solar fotovoltaica, en lugar de a la nominal.
Aún así, la Comisión realizó su trabajo tras analizar los comentarios recibidos por los miembros de su Consejo Consultivo de Electricidad, entre los que se recogieron de más de 50 entidades, entre empresas privadas, organismos públicos e incluso ONGs. Entre los aspectos más destacados del informe consultivo, están las críticas por contravenir la normativa de la UE, quedándose como un modelo sin precedentes; por su retroactividad; y por las propias incertidumbres que plantea. También es muy destacable el varapalo que le da al Gobierno por su política respecto al autoconsumo, imposibilitando de facto su desarrollo en nuestro país.
Sistema inédito
Las críticas de fondo arrancan a lo novedoso del sistema, pues la CNE no encuentra reflejo del mismo en ningún país de nuestro entorno, "es novedoso, pues no tiene reflejo en la UE y deberá ser desarrollado mediante orden ministerial que establecerá unos parámetros difíciles de concretar y cuantificar, sobre todo para las instalaciones existentes". Además, recuerda que este nuevo modelo retributivo a la producción no va en sintonía con la normativa europea, centrada en fomentar la producción energética a través de las renovables, como había hecho España hasta hace bien poco. "Cabe recordar que la razón de ser de la existencia de los incentivos económicos a la producción a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos es corregir uno de los llamados “fallos de mercado” en el sentido de compensar los costes ambientales, sociales y de suministro a largo plazo que otras formas de generación no internalizan por completo, para así definir un terreno de juego equilibrado y conseguir un desarrollo energético económica y medioambientalmente sostenible que cumpla además con los objetivos previstos en la planificación y con los compromisos adquiridos con la Unión Europea.
Los incentivos económicos se contemplaron en la Ley 54/1997, del Sector Eléctrico, de forma que las instalaciones que utilizan fuentes de energías renovables, cogeneración y residuos alcanzasen una rentabilidad razonable, teniendo en cuenta el precio del dinero en los mercados de capitales. Al mismo tiempo, se diseñaron estos incentivos de forma que se incentivara la producción de energía eléctrica mediante tecnologías novedosas y poco maduras", explica la CNE en su informe.
Pero la modificación introducida en el Real Decreto-Ley 9/2013, así como los incentivos propuestos, no cumplen con la función que debiera, por lo que la Comisión considera que los mencionados incentivos deberían "basarse en la definición de unos adecuados parámetros de eficacia (consecución de los objetivos establecidos) y de eficiencia (lograr que dicho cumplimiento se realice al menor coste posible)". Aunque reconoce que se introducen revisiones periódicas para asegurar una rentabilidad razonable, "presenta asimismo grandes incertidumbres para su aplicación a las aproximadamente 60.000 instalaciones existentes, ya que su aplicación depende de una serie de parámetros estándar que serán definidos en la orden de desarrollo del real decreto".
Retribuciones inadecuadas
En cuanto a la parte de retribuciones, la Comisión opina que la dualidad entre inversión y operación, que pretende recuperar por un lado los costes de inversión que no se pueden recuperar por la venta de la energía, y por otro los de explotación, no es acertada, por cuanto pueden darse situaciones que no permitan alcanzar un precio correcto de mercado. De esta manera, la Comisión propone la supresión del concepto operación, integrando en el de inversión todos los costes, tanto de inversión como de explotación que no se pueden recuperar por la venta de la energía y otros posibles ingresos de explotación.
En este punto, también "echa en falta en el articulado de la propuesta la definición del concepto de número estándar de horas equivalentes de funcionamiento por instalación tipo; la orden ministerial por la que se aprueben los parámetros retributivos debiera especificar, para cada instalación tipo, el número estándar de horas equivalentes de funcionamiento implícito que se ha tenido en cuenta; con tal fin, la propuesta que ahora se informa debería aludir a dicho concepto".
Asimismo, critica que la retribución podría llegar a tener valores negativos, algo que considera contradictorio con el espíritu que debería tener la norma, que se le supone fomentar este tipo de producción energética. Por ello, "a falta de conocer la propuesta de orden por la que se aprueben los parámetros retributivos necesarios para la aplicación de la propuesta ahora informada, esta Comisión considera que, en todo caso, para una mayor transparencia regulatoria, esta posibilidad debiera ser expresamente excluida en el texto de la propuesta".
Puede leer el artículo completo en la revista Tecnoenergía 117 correspondiente al mes de septiembre.