El Ayuntamiento de Madrid aprueba una nueva ordenanza de licencias que agilizará su tramitación
El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado el 30 de octubre en Junta de Gobierno el proyecto inicial de la Ordenanza de Licencias y Declaraciones Responsables Urbanísticas de Madrid (OLDRUM), que unifica y simplifica en un solo texto las dos ordenanzas que existen en la actualidad, la Ordenanza Municipal de Tramitación de Licencias Urbanísticas (OMTLU) y la Ordenanza para la Apertura de Actividades Económicas (OEAA). Esta nueva norma, elaborada por el Área de Desarrollo Urbano, que dirige Mariano Fuentes, consta de 83 artículos, un 40 % menos que las dos anteriores, simplifica los trámites y reduce la burocracia.
Esta ordenanza surge de la colaboración y la participación en mesas de trabajo de todos los agentes del sector para llegar a un texto de máximo consenso, que ahora sale a información pública por el plazo de un mes, según ha explicado el delegado del área. Además, trata de resolver los problemas que hasta ahora ocasionaba la complejidad y la dispersión normativa, al hacer un texto más sencillo, que garantiza la seguridad jurídica de cada actuación.
Mariano Fuentes, delegado del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano del Ayuntamiento de Madrid explicó la nueva OLDRUM.
Una de las consecuencias que tendrá la OLDRUM es que adapta los tiempos administrativos a los de la construcción y la actividad económica y no al revés. Se elimina, por tanto, la ‘tasa invisible’ generada por los retrasos en la tramitación administrativa y que suponen un sobrecoste en las obras que luego repercute en la ciudadanía, encareciendo la vivienda. Con la reducción de los plazos, se prevé que se reduzca también el precio final de la vivienda hasta en un 3 %.
Principales novedades
El objetivo de esta ordenanza es establecer unos criterios de actuación homogéneos y únicos, necesarios tanto para asegurar un funcionamiento coherente y coordinado de los servicios municipales como para facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de la normativa, con menos trámites. Entre las principales novedades destacan:
- Solo licencias y declaraciones responsables. Se regula como únicos procedimientos de control urbanístico el de licencia y el de declaración responsable, eliminando el de comunicación previa. Se consolida y se potencia la declaración responsable, que se extiende también al uso residencial y se establece de forma clara cuál es el procedimiento adecuado para cada actuación.
- La licencia básica. Se crea el procedimiento de licencia básica para obras de nueva planta, que dotará de mucha mayor agilidad a la actuación al validar en una primera fase el cumplimiento de los aspectos esenciales del urbanismo para empezar a construir en el plazo de un mes y poder validar el resto del proyecto durante el proceso. Se ejerce un control municipal previo que se centra en los aspectos edificatorios clave.
- Licencia para actividades temporales. La ordenanza introduce la posibilidad de implantar actividades temporales en locales o recintos que se encuentren sin uso para el ejercicio de una actividad eventual, siempre y cuando no afecten a las condiciones de seguridad, medioambientales, sanitarias, etc. Esto, hasta ahora, no era posible y permitirá más dinamismo y más empleo para la ciudad.
- Extender el sistema de colaboración público-privada. El papel de las entidades colaboradoras urbanísticas (ECU) en la tramitación y control de la implantación de actividades económicas ha dotado de agilidad a estas actuaciones, por lo que este sistema de colaboración público-privada se extiende ahora también al ámbito residencial. El Ayuntamiento mejorará los mecanismos de supervisión sobre las ECU para garantizar la eficacia del sistema y estarán sometidas a un reglamento.
- Refuerzo de la inspección y del régimen disciplinario. Al configurarse la declaración responsable como principal procedimiento, se regula la comprobación de la misma de forma muy ágil, incluyendo la posibilidad de dictar ineficacias rápidas para los incumplidores, con ceses simultáneos, de forma que este método no permita a los infractores reincidir. Se potencia también la capacidad inspectora en materia de ejecución de obras, implantación y desarrollo de actividades; se establece un nuevo procedimiento para la revocación de licencias por incumplimiento de los requisitos en que fueron concedidas y se introduce la mediación administrativa para facilitar la obtención de un acuerdo entre partes denunciadas.
- Innovación. Tramitación telemática. En la misma línea de celeridad y eficacia que persigue la ordenanza, se generaliza la presentación por registro electrónico y la tramitación electrónica, así como la futura implantación de la metodología BIM para el desarrollo de determinados proyectos.
- Cercanía. Mejora de la información urbanística. El Ayuntamiento se presenta como un agente facilitador para informar sobre cómo han de llevarse a cabo las actuaciones. Se potencia el asesoramiento urbanístico a efectos de ofrecer al ciudadano suficientes opciones para obtener una orientación técnica y jurídica profesional de los requisitos y condiciones exigibles a las actuaciones que pretendan desarrollar, reforzando con ello la seguridad jurídica y la eficacia del sistema de control urbanístico municipal.