Un Anteproyecto de Ley en Aragón considera la vivienda como un verdadero derecho de las personas
El proceso de participación ciudadana para aportar mejoras al texto comenzará el próximo 12 de marzo en el Foro de la Vivienda de Aragón. El Consejo de Gobierno ha tomado en conocimiento el Anteproyecto de Ley de Vivienda de Aragón. Entre las principales novedades se incluye la obligación de que el Gobierno de Aragón garantice una alternativa habitacional en casos de vulnerabilidad; la definición de vivienda desocupada, que permitirá que se pueda acceder a viviendas para incluirlas en un renovado Fondo de Vivienda Social de Aragón; y modificaciones en el concepto de Vivienda de Protección Oficial como que no puedan ser descalificadas para su venta por libre.
El consejero de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda, José Luis Soro, ha destacado en la presentación de este anteproyecto que se inspira en cuatro principios: la vivienda con un derecho subjetivo y no como un bien de mercado de manera que todos los ciudadanos asociaciones pueden exigir judicialmente a las administraciones públicas el cumplimiento de esta Ley ante la Jurisdicción contencioso-administrativa; el derecho de acceso a la vivienda y la posibilidad de que el Gobierno actúe en el caso de situaciones de vulnerabilidad para dotar de una alternativa habitacional; el Derecho al disfrute pacífico de la vivienda; y el derecho a una vivienda digna y adecuada a las necesidades para poder contar con una calidad de vida.
La Ley garantiza el derecho a una vivienda digna, adecuada y accesible. La satisfacción de este derecho puede garantizarse mediante la puesta a disposición de una vivienda bajo cualquier régimen jurídico de tenencia y en el caso de inexistencia de vivienda, con un sistema de prestaciones económicas.
Este texto considera que el concepto de la vivienda en alquiler como instrumento fundamental para dar respuesta al derecho constitucional a una vivienda. Para ello considera la rehabilitación como un instrumento básico y contempla medidas como el impulso de un Plan de Vivienda de Aragón que adapte a las necesidades de Aragón.
Se regulan por primera vez los derechos del usuario de vivienda, tanto en lo que se refiere a la información y publicidad como a los requisitos de los contratos sobre la vivienda. Dentro de este conjunto informativo, destaca el derecho de información en relación con los sistemas de financiación (hipotecas o cualquiera otros), ya que es imprescindible para el acceso, pero también para el disfrute pacífico (evitar perder la vivienda por un mal sistema de financiación).
Otra novedad fundamental es la obligatoriedad de la mediación cuando los actores que intervienen en un negocio jurídico entran en conflicto, no solo los contratos de compraventa, sino también los sistemas de financiación, como los préstamos hipotecarios.
Soro ha explicado que “se regula por vez primera la función social de la vivienda, que consiste en su utilización con fines residenciales y su efectiva ocupación: se incentiva la puesta en el mercado de las viviendas desocupadas y se corrigen las situaciones de incumplimiento mediante sanciones y procedimientos expropiatorios”. Dentro de esta función social se encuentra la definición de vivienda desocupada, lo que supone que su incumplimiento también podría conllevar sanciones en determinados casos.
En relación a las entidades financieras, sociedades inmobiliarias, SAREB, activos inmobiliarios y grandes propietarios, se establece la obligación de dar información a la administración sobre personas en riesgo de perder su vivienda. Esto permitirá a la administración prever las medidas que ha de tomar para garantizar la vivienda a dichas personas.
El consejero ha señalado que “las entidades que adopten medidas para evitar el sobreendeudamiento y acepten la dación en pago como sistema ordinario para saldar las deudas tendrán absoluta prioridad en el trato con todas las administraciones públicas de Aragón”.
En este anteproyecto se crea el Fondo de Vivienda Social de Aragón: un único sistema integrado para gestionar todas las viviendas sociales que gestionen todas las administraciones públicas, sea cual sea su procedencia (sector privado o público, vivienda protegida o libre).
José Luis Soro ha destacado que “en cuanto a la Vivienda Protegida, se recupera el control que la administración había perdido en la Legislatura anterior por los cambios introducidos por el PP”. Todas las adjudicaciones de vivienda nueva, así como las transmisiones de viviendas ya existentes, serán controladas por la Administración. Además, se recupera el sistema de sorteo.
Una de las principales novedades es que “la protección de la vivienda alcanza toda su vida útil de manera que eliminamos las especulaciones al no ser posibles las descalificaciones”.
Se dota de más competencias a la Inspección de Vivienda alcanzando también inspección para las viviendas libres.