Anfapa emite un comunicado tras la sentencia, no firme, del juzgado mercantil número 3 de Barcelona sobre el ‘H40 No Limits’ de Kerakoll Ibérica S.A
“En relación con el producto ‘H40 No Limits’ de Kerakoll Ibérica S.A., Anfapa informa que, no obstante haberse archivado la denuncia que en relación al mismo presentó ante las autoridades administrativas(*), el Juzgado de lo Mercantil no 3 de Barcelona ha dictado sentencia de fecha 27 de febrero de 2017 en cuyo ‘fallo’ manifiesta:
- Declaro que Kerakoll Ibérica S.A. ha cometido actos de engaño en relación con la comercialización del producto denominado ‘H40 No Limits’, desde su introducción en el mercado nacional hasta la rectificación de su hoja de prestaciones en fecha de 20/1/16.
- Condeno a Kerakoll Ibérica S.A. a rectificar el envasado de las unidades de producto ‘H40 No Limits’ en cuyo embalaje o presentación se inserte la codificación ‘C2 TE S1’, para adecuarla a lo que resulta de la hoja de prestaciones del producto de fecha de 20/1/16, absteniéndose en lo sucesivo de introducir en el envasado o ficha técnica del producto menciones que no se encuentren amparadas por dicha hoja de prestaciones.
- Condeno a Kerakoll Ibérica S.A. a sufragar la publicación del encabezamiento y fallo de esta Sentencia en las revistas ‘Infoedita’, ‘Tu Reforma’ y ‘Alimarket’.
Dicha sentencia ha sido apelada por Kerakoll Ibérica S.A.”