Publicado el reglamento delegado que prorroga los motores de transición entre 56 kW y 130 kW
El 13 de enero de 2022, la Comisión Europea adoptó un Reglamento Delegado por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2018/985, ampliando los plazos para la producción y puesta en el mercado de motores de transición de vehículos agrícolas y forestales entre 56 kW y 130 kW por 6 y 9 meses, respectivamente.
Debido a la crisis del COVID-19, importantes interrupciones en la producción y la cadena de suministro afectaron a la industria, tanto en 2020 como en 2021. Reconociendo las dificultades, el Reglamento (UE) 2021/1068 del Parlamento Europeo y del Consejo modificó el Reglamento (UE) 2016 /16282 para maquinaria móvil no de carretera al aplazar los plazos que vencen en 2021 para la maquinaria móvil extra viaria equipada con motores de transición en el rango de potencia entre 56 kW y 130 kW.
También se reconoció que esas ampliaciones también deberían reflejarse en el Reglamento (UE) 2018/9854 para vehículos agrícolas y forestales, ya que los motores instalados en vehículos agrícolas y forestales siguen los límites de emisión de contaminantes de la fase V y las disposiciones transitorias para el conjunto de máquinas móviles no de carretera en el Reglamento (UE) 2016/1628.
Las prórrogas son de 6 meses para la fabricación de la maquinaria equipada con dichos motores (el plazo anterior era el 30 de junio de 2021) y de 9 meses para la puesta en el mercado (el plazo anterior era el 31 de diciembre de 2021).
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