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La orden de ayudas para corderos y cabritos establece reducciones y límites máximos

Redacción oviespana.com28/04/2020
La orden de ayudas para corderos y cabritos establece reducciones y límites máximos

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha sacado a consulta pública el proyecto de Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de las ayudas estatales destinadas en el año 2020 a las explotaciones ovinas y caprinas con dificultades de comercialización de corderos y cabritos durante los meses de marzo y abril, como consecuencia de las limitaciones impuestas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID 19, y sus prórrogas.

“La ganadería ovina y caprina tiene la consideración de sector estratégico para nuestro país desde todos los ámbitos, tanto económico como social y medioambiental y se caracteriza por una serie de particularidades que la diferencian de otros sectores ganaderos. Se trata de una producción muy estacional, ligada a un consumo mayoritario durante las fiestas de Pascua y casi en su totalidad a través del canal de la restauración y la hostelería cerrado por la actual crisis sanitaria del COVID-19 y la declaración del estado de alarma en España. Por ello, la demanda de estos animales se ha desplomado. El desencadenamiento súbito de esta situación coincide, además, en el tiempo, con la paridera de primavera, principal pico productivo en el que las granjas se encuentran en plena producción de corderos y cabritos. La imposibilidad con la que se encuentran los ganaderos para dar una salida comercial a estos animales durante los meses de marzo y abril, está provocando situaciones que ponen en riesgo el bienestar de los animales”, señala el Ministerio en el preámbulo de la orden.

A los efectos de determinar el número de animales con derecho a ayuda, se considerarán ‘hembras elegibles’ aquellas ovejas y cabras mantenidas como reproductoras que estén correctamente identificadas y registradas a fecha 1 de enero de 2020. Para el establecimiento del número de hembras elegibles de cada granja afectado por la reducción de la comercialización de corderos y cabritos, la autoridad competente tomará en consideración el porcentaje estimado de hembras con crías en la paridera de primavera, que se fija en el 60%, así como la reducción de los sacrificios de corderos y cabritos en los meses de marzo y abril constatado en el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (Sitran) respecto del mismo periodo del año 2019, que se establece en un 40% para los corderos y un 20% para los cabritos.

Se establece un máximo de 100 animales por beneficiario.

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