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El Ministerio se plantea declarar todo el país como oficialmente indemne a brucelosis ovina en 2021

Redacción oviespana.com09/01/2019
El Ministerio se plantea declarar todo el país como oficialmente indemne a brucelosis ovina en 2021

Los Programas Nacionales de Erradicación de la Brucelosis Ovina y Caprina 2006 - 2018 han supuesto un cambio cualitativo en el planteamiento de los objetivos, de forma que sentaron las bases para garantizar actuaciones continuadas en el tiempo bajo un enfoque plurianual. Así lo anuncia el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) en su Programa Nacional de Erradicación de la Brucelosis Ovina y Caprina 2019-2020.

Dada la buena evolución del programa en los años 2008-2018, no se prevén grandes modificaciones en el programa presentado para el año anterior, salvo que se prohíbe la vacunación en toda España con el objetivo de declarar todo el país oficialmente indemne en el año 2021. Así mismo se contempla la posibilidad de reducir la frecuencia de pruebas, de acuerdo con la normativa comunitaria, en aquellas regiones o provincias que, aun no habiendo sido declaradas como oficialmente libres, cumplan ciertos requisitos.

Comunidades oficialmente indemnes

El objetivo es mantener su estatuto de oficialmente libre mediante un programa de vigilancia epidemiológica de acuerdo con la Directiva 91/68/CEE y modificaciones.

La medida concreta es el vaciado sanitario si se confirma o no puede descartarse la infección.

Resto del territorio nacional

Para la Región de Murcia y la provincia de Toledo, el objetivo es su declaración como oficialmente indemnes en el año 2019. Para las provincias de Andalucía, el objetivo es reducir la prevalencia y la incidencia de rebaño un 50% en 2019 respecto a los indicadores de 2016 y finalizar el año 2020 sin ningún rebaño positivo confirmado.

La estrategia es diagnóstico y sacrificio, además de vaciado sanitario si se confirma o no puede descartarse la infección. Si se confirma la infección en un rebaño, las explotaciones contiguas y las epidemiológicamente relacionadas a la confirmada se someterán a una prueba adicional lo antes posible, salvo que por sus condiciones de bioseguridad se descarte que hayan podido infectarse.

Además, se prohíbe la vacunación en todas las comarcas.

La frecuencia de chequeos es la siguiente:

- Explotaciones M3-M4. Mínimo una prueba anual. Ante la aparición de reaccionantes positivos en un rebaño, se procederá a su sacrificio y suspensión provisional de la calificación en espera de confirmación. Si se confirma, vaciado sanitario de la explotación. El paso de calificación de explotaciones M3 a M4 se realizará mediante el chequeo del 100% de animales elegibles del rebaño por su edad.

- Explotaciones M2. Intervalo mínimo entre chequeos de seis meses y máximo de ocho hasta su calificación.

- Explotaciones con calificación suspendida. Se someten a la primera prueba antes de 30 días después del aislamiento o sacrificio de los animales sospechosos o reaccionantes positivos, y luego cada tres meses hasta recuperar calificación.

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