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Madrid abre el plazo para solicitar ayudas de achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental y la adquisición de eléctricos

Redacción Interempresas02/12/2024

La Comunidad de Madrid abrió el plazo para solicitar las ayudas de achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental y la adquisición de eléctricos. Incluidas en el 'Plan Mueve Madrid', para el fomento de la movilidad sostenible y accesible, se pueden pedir desde hoy —tras su publicación en el Boletín Oficial regional— hasta el 31 de diciembre de 2026, con una inversión del Ejecutivo autonómico de 8,4 millones de euros.

El objeto del 'Plan Mueve Madrid': una apuesta por la movilidad sostenible y accesible

De acuerdo con el artículo 1 del “Plan Mueve Madrid: Ayudas para el fomento de la movilidad sostenible y accesible para todos en la Comunidad de Madrid” el propósito de esta normativa es establecer un procedimiento de concesión directa de ayudas con dos objetivos principales. En primer lugar, facilitar el achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental; y en segundo, incentivar la adquisición de medios de transporte sostenibles, como ciclos de pedaleo asistido, ciclomotores eléctricos o vehículos eléctricos y de hidrógeno.

Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior...

Consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo presenta las ayudas de la Comunidad de Madrid a la electromovilidad y el achatarramiento de vehículos.

Achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental

El programa busca priorizar la retirada de circulación de vehículos de las categorías M1 (vehículos de pasajeros) y N1 (vehículos destinados al transporte de mercancías ligeras) que no cuenten con distintivo ambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT). Para ello, se establecen las siguientes condiciones esenciales que deben cumplir los vehículos:

  • Categoría. Deben ser M1 o N1.
  • Matriculación en España. Los vehículos deben estar registrados en el país.
  • Distintivo ambiental. No deben disponer de él.
  • Pago de impuestos. Es necesario estar al día con el impuesto de vehículos de tracción mecánica de la última anualidad.
  • Propiedad del solicitante. El vehículo debe haber estado a nombre del solicitante desde, al menos, el 1 de enero de 2021.

Este enfoque refuerza la importancia de sustituir vehículos altamente contaminantes por alternativas más respetuosas con el medio ambiente.

Adquisición de vehículos sostenibles

En paralelo, se otorgan incentivos para adquirir una variedad de vehículos sostenibles. Entre ellos se encuentran:

  • Ciclos de pedaleo asistido. Incluyen bicicletas de dos o tres ruedas con asistencia eléctrica, cumpliendo con los requisitos del Real Decreto 339/2014 y otros reglamentos técnicos.
  • Bicicletas de mano asistidas. Especialmente diseñadas para personas con movilidad reducida, según lo especificado en el Anexo II de la norma.
  • Ciclomotores eléctricos. De la categoría L1e-B, con características técnicas detalladas en el Anexo III.
  • Vehículos eléctricos de células de combustible. Dirigidos a taxis o VTC, de categoría M1, como parte de un compromiso con tecnologías más innovadoras y limpias.

Restricciones y exclusiones

El Plan delimita con precisión qué vehículos no son subvencionables, dejando fuera:

  • Vehículos destinados exclusivamente a competición.
  • Vehículos de segunda mano o reacondicionados.
  • Medios de movilidad personal, como patinetes eléctricos.
  • Vehículos adquiridos a través de fórmulas de arrendamiento como leasing o renting.

Además, se recalca que todos los vehículos que reciban incentivos deberán cumplir con la normativa técnica vigente de la DGT en el momento de su adquisición, garantizando así estándares actualizados de seguridad y sostenibilidad.

Compatibilidad de ayudas

Un aspecto destacado es que las dos líneas de actuación son compatibles entre sí. Esto significa que los interesados pueden solicitar ayudas tanto para achatarrar un vehículo como para adquirir uno sostenible, siempre respetando los límites establecidos en los artículos 6 y 7 del programa.

Lanzamiento de las ayudas

El consejero de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Carlos Novillo, detalló estas subvenciones en el Parque Cuarto Depósito Canal de Isabel II de la capital, junto a representantes de las principales asociaciones y empresas del sector del automóvil. Forman parte de la Estrategia de Energía, Clima y Aire de la Comunidad de Madrid para un transporte más eficiente y respetuoso con el medio ambiente.

Novillo ha subrayado que al menos el 30% de la inversión se destinará a beneficiarios que residan o realicen su actividad profesional en zonas de bajas emisiones de municipios. “El objetivo de esta iniciativa es aliviar el impacto que supone las limitaciones de circulación en el centro de las grandes ciudades, facilitando el acceso a vehículos más eficientes y sostenibles”, ha destacado.

Beneficiarios y condiciones de las ayudas del ‘Plan Mueve Madrid’

El Plan Mueve Madrid también establece una serie de requisitos claros y detallados para determinar quién puede beneficiarse de las ayudas, diferenciando entre el achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental y la adquisición de vehículos sostenibles:

Carlos Novillo, consejero de Medio Ambiente...

Carlos Novillo, consejero de Medio Ambiente, subrayó que "el objetivo de esta iniciativa es aliviar el impacto que supone las limitaciones de circulación en el centro de las grandes ciudades, facilitando el acceso a vehículos más eficientes y sostenibles”.

Beneficiarios de las ayudas por achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental

1. Personas físicas:

  • Deben ser mayores de edad.
  • Estar empadronadas en municipios de la Comunidad de Madrid en el momento del achatarramiento del vehículo.

2. Profesionales autónomos:

  • Inscritos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.
  • Desarrollar su actividad en zonas de bajas emisiones de municipios de la Comunidad de Madrid.
  • Estar dados de alta en el impuesto de actividades económicas en la Comunidad de Madrid.

3. Pequeñas y medianas empresas (Pyme):

  • Deben operar en zonas de bajas emisiones en municipios de la Comunidad de Madrid.
  • Cumplir con los criterios de Pyme establecidos en el Reglamento (UE) 651/2014:
    • Tener menos de 250 empleados.
    • No superar un volumen de negocios anual de 50 millones de euros o un balance general de 43 millones de euros.
    • Estar registradas en el impuesto de actividades económicas en la región.

Beneficiarios de las ayudas para la adquisición de vehículos sostenibles

1. Personas físicas:

  • Solo pueden optar a ayudas para la adquisición de bicicletas asistidas, ciclomotores eléctricos y vehículos eléctricos de células de combustible.

2. Profesionales autónomos y Pymes:

  • Pueden solicitar ayudas para vehículos eléctricos, incluidos los de células de combustible.

Requisitos generales para todos los beneficiarios

  • Deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda Estatal, la Seguridad Social y la Comunidad de Madrid.
  • No deben tener deudas en período ejecutivo con la administración autonómica.
  • No pueden estar en las situaciones de exclusión previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003.

Cuantías de las ayudas

Por achatarramiento de vehículos sin distintivo ambiental

El beneficiario puede optar por una de las siguientes opciones:

  1. Bonos ambientales de movilidad cero emisiones. Por valor de 1.250 euros, para usar en servicios de movilidad compartida (‘carsharing’ y ‘motosharing’) durante dos años.
  2. Abono transporte zona tarifaria C2. Por un período de tres años.
  3. Ayuda económica de 1.000 euros. Directa.
  4. Ayuda económica de 2.000 euros. En caso de adquirir un vehículo nuevo con etiqueta Eco o Cero, siempre que la fecha de matriculación no sea anterior a tres meses del achatarramiento del vehículo sin distintivo.
  • Cada persona física puede recibir esta ayuda solo una vez durante la vigencia del programa.
  • Los autónomos y Pymes pueden beneficiarse de incentivos para hasta cinco vehículos.

Por adquisición de vehículos eléctricos

Las cuantías varían según el tipo de vehículo:

  • Bicicletas de dos ruedas asistidas. Hasta el 50 % del precio antes de impuestos, con un máximo de 600 euros.
  • Ciclos de tres ruedas asistidos. Hasta el 30 %, con un máximo de 1.500 euros.
  • Bicicletas de mano asistidas. Hasta el 50 %, con un máximo de 1.000 euros.
  • Ciclomotores eléctricos (L1e-B). Hasta el 50 %, con un máximo de 700 euros.
  • Vehículos eléctricos de hidrógeno para taxis y VTC. Hasta el 20 %, con un máximo de 20.000 euros.
  • Cada persona física solo puede beneficiarse de un incentivo a lo largo del programa.
  • Autónomos y Pymes pueden solicitar ayudas para hasta cinco vehículos eléctricos.
Foto de Kaique Rocha

Restricciones y normativa aplicable

  • Los profesionales autónomos y las Pymes están sujetos a la normativa europea de ayudas de minimis, que limita el total de subvenciones a 300.000 euros en tres años.
  • El comprador y el vendedor del vehículo no pueden ser la misma persona.
  • No se incluyen accesorios ni impuestos en el cálculo de las subvenciones para vehículos eléctricos.

Vehículos para personas de movilidad reducida y para taxi o VTC

El 'Plan Mueve Madrid' contempla también la autorización directa de ayudas para la adquisición de vehículos eléctricos, entre los que se incluyen aquellos que normalmente son utilizados por personas de movilidad reducida. En este sentido, para las bicicletas de mano asistidas, el Gobierno regional dará un máximo de 1.000 euros y los ciclos de tres ruedas con pedaleo asistido, hasta 1.500. Además, las bicicletas de dos ruedas con pedaleo asistido, tendrán un máximo de 600 y los ciclomotores de dos ruedas tipo scooter, 700 euros.

Asimismo, la Comunidad de Madrid concederá hasta 20.000 euros para la compra de coches eléctricos de células de combustible (de hidrógeno), que se destinen al taxi o vehículo de transporte con conductor (VTC), de categoría M1 (menos de ocho asientos, sin contar el del conductor).

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