Nuevo límite máximo de esclerocios y alcaloides cornezuelo en alimentos
La Comisión Europea (CE) ha reducido el contenido máximo de esclerocios de cornezuelo y alcaloides de cornezuelo para determinados productos alimenticios con la publicación del Reglamento 2021/1399 en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE).
La nueva normativa explica que los términos cornezuelo o esclerocios de cornezuelo se refieren a estructuras fúngicas que sustituyen al grano en las espigas de los cereales o a las semillas en las espigas de las gramíneas y que se aprecian a simple vista.
Indica que, según la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria (Aesan), los principales alimentos que contribuyen a la exposición alimentaria crónica producida por dichos hongos son distintos tipos de panes y panecillos, en particular los que están hechos exclusivamente a base de centeno o lo contienen.
También, que se ha demostrado que el gluten de trigo, como subproducto del proceso de molienda por vía húmeda, presenta mayores contenidos de alcaloides de cornezuelo aun cuando se apliquen buenas prácticas, dado que estos se concentran como consecuencia de su proceso de producción.
El reglamento fija el 1 de enero de 2023 como fecha límite para que los Estados miembros y las partes interesadas comuniquen a la CE los resultados de las investigaciones y las medidas de prevención para evitar la contaminación en alimentos por esclerocios y alcaloides cornezuelo.
Antes del 1 de enero de 2022, Bruselas permite la comercialización de los productos alimenticios de acuerdo a los contenidos máximos de esclerocios y alcaloides cornezuelo hasta ahora vigentes.
En un anexo, enumera las modificaciones aprobadas, que afectan a cereales no elaborados, productos de molienda, granos, gluten de trigo y alimentos elaborados a base de cereales para lactantes y niños de corta edad.