Cuando las pilas mueren
15 de febrero de 2011
¿Qué sucede cuándo una compañía productora de baterías ya no existe y no ha recuperado para su reciclaje, cómo la ley obliga, el material que puso en el mercado? ¿Cómo organizarse para cumplir con la recogida cuando hay baterías con esperanzas de vida distintas? ¿Qué papel jugará en todo esto la reducción del níquel cadmio en la composición de pilas y baterías? ¿Cuál es el margen de maniobra de los chatarreros?
Son cuestiones que los profesionales del sector pusieron sobre la mesa durante la jornada que el 27 de enero organizó el SIG Unibat, de reciente constitución. El encuentro contó con la aproximación que Rafael Acedo, consejero técnico del Ministerio de Medio Ambiente, hizo sobre el real decreto que regula la gestión de residuos y que establece derechos y obligaciones de productores e importadores.
Largo camino
De hecho, España, en cuanto a pilas y acumuladores portátiles recogió un 18% en el año 2007, según datos del Ministerio de Medio Ambiente. “Creo que es un porcentaje que no está muy lejos del 25% deseable. España no llega al valor de Francia, Bélgica o Alemania, pero está bien posicionada”, opinaba el técnico ministerial.
Lo que sucede con el 82% de este tipo de residuos contaminantes que no se recogen nos llevaría hasta contenedores de basura, de lo que se desprende que todavía queda mucho por hacer y que esos residuos acaban contaminando los acuíferos lo que revierte, a su vez, en el consumo animal y humano.
Otra de las cuestiones que se puso sobre la mesa durante las jornadas fue la futura y definitiva eliminación del uso del níquel cadmio -y su sustitución, por ejemplo, por plomo- que, en la actualidad, está prohibido en pilas y acumuladores, con contadas excepciones, como su uso en baterías destinadas a herramientas eléctricas inalámbricas. “Se está pensando en la Unión Europea que se prohíba ese contenido de cadmio en baterías, pilas y acumuladores que vayan destinados a esas herramientas. Se está trabajando para que esa excepción se elimine”, explicó Acedo.
Objetivos de recogida en el territorio español según el RD 106/2008
- Portátiles: índice de recogida del 25% a partir del 31-12-2011
- Portátiles: índice de recogida del 45% a partir del 31-12-2015
- Automoción: recogida anual del 90%, a partir del 31-12-2009
- Automoción: recogida anual del 95%, a partir del 31-11-2011
- Industriales de Cadmio: recogida anual del 95%, a partir del 3-12-2011
Definiciones a tener en claro
El consejero técnico del Ministerio de Medio Ambiente no dudó en iniciar su ponencia explicando algunos términos básicos que maneja la legislación vigente.
Pila: fuente de energía eléctrica obtenida mediante transformación directa de energía química y constituida por uno o varios elementos primarios (no recargables).
Acumulador: fuente de energía eléctrica generada por transformación directa de energía química y constituida por uno o varios elementos secundarios (recargables).
Pila o acumulador industrial: pila o acumulador diseñado exclusivamente para uso industrial o profesional o utilizado en cualquier tipo de vehículo eléctrico.
Pila o acumulador portátil: pila, acumulador o batería que esté precintado, pueda llevarse en la mano y no sea industrial ni de automoción.
Batería: conjunto de pilas o acumuladores conectados entre sí, formando una unidad integrada y cerrada dentro de una carcasa exterior. Por ejemplo: las baterías industriales y de automoción.
Productor: cualquier persona física o jurídica que ponga por primera vez en el mercado las pilas o acumuladores, incluidos los incorporados a aparatos o vehículos, en el marco de una actividad profesional.
Distribuidor: cualquier persona física o jurídica que venda o suministre pilas o acumuladores a un usuario final en el marco de una actividad profesional
Residuo de pila o acumulador: pila, acumulador o batería, del cual su poseedor se desprenda o tenga la intención de desprenderse.
No es lo mismo gestionar los residuos de una batería que una pila botón
“No es lo mismo tratar como residuo una pila bastón pequeñita, que se puede llevar en el bolsillo, que una batería que pueda pesar 500 kilos, o más”, explicó Marcel Mongay, abogado y director de operaciones de Unibat, justificando que este sistema integrado de gestión viene a dar respuesta precisamente a esa parte del sector que trata con grandes volúmenes. La mayoría de empresarios que asistieron a las jornadas ya conocían este reciente SIG, cuya función, según dijo Mongay, es “en definitiva, ahorrarle costes al productor, ya que delega esa responsabilidad suya en un tercero, que es la asociación y que le hace el trabajo de certificar que sus residuos siguen el camino que marca la ley”.
La función de este tipo de organismos es facilitar las acciones que deben darse en el final de la vida útil de este tipo de residuos. En este sentido, por ejemplo, el SIG garantiza la trazabilidad que le permita tener el control de ese residuo en todo momento “incluso 20 años, en el caso del níquel cadmio. Nosotros le proporcionamos esa cobertura, con una rebaja de costes y, además, tenemos la interlocución con la administración”, explicó Mongay.
El director de operaciones de Unibat reconoció que, mientras las grandes multinacionales disponen de departamentos jurídicos propios “que se ocupan de manternerles al día de las novedades legislativas”, en el caso de importadores más pequeños no siempre es así, e incluso se sorprenden cuando Unibat contacta con ellos: “La primera reacción que la mayoría tienen es que les vas a vender algo”. Según Mongay, existen ciertas reticencias entre los profesionales del sector a asociarse o formar parte de un sistema integrado de gestión, “porque les implica un coste”, aunque les ayude a cumplir con la ley.
Unibat: arbitrando
Unión de Industrias de la Bateria S.L (Unibat) se define como una sociedad sin ánimo de lucro que nace, según su responsable, Marcel Mongay, “por la demanda de los productores, conscientes de que estaban obligados a cumplir el Real Decreto 106/2008”. Unibat se alza entre sus asociados como un “árbitro” para orientarlos sobre sus obligaciones en cuanto al cumplimiento de la ley y dilucidar situaciones de conflicto. Unibat tiene por objeto promover la constitución y el funcionamiento de un sistema integrado de gestión (SIG) para la recogida y gestión de baterías y pilas usadas, en los términos establecidos en el Real Decreto. Entre sus funciones está la de desarrollar flujos logísticos que aseguren la recogida de estos residuos en cualquier punto de la geografía española. Para ello, según explica Mongay, “cuenta con la colaboración de transportistas, recogedores y gestores finales”.
La mayoría de asociados son del sector de la batería industrial, fabricantes e importadores, “léase por batería industrial las que van instaladas en equipos de generación de electricidad de aeropuertos, trenes, barcos, carretillas (o toros). Eso significa que se trata de baterías de un volumen y peso considerable”, explica Mongay.
Unibat opera a nivel nacional, pero tiene su sede en Badalona (Barcelona). “Nuestro compromiso es ir a recoger dos kilos de pilas a Melilla o la Gomera, o Madrid. Las empresas que hay representadas son multinacionales, pero las sedes corporativas están en Madrid, Bilbao, Zaragoza, Sevillla....”.
Las jornadas de presentación de Unibat contaron con la presencia de representantes de Acu España. Batplus, AEG Power Solutions, TAN Batteries, Celectric Iberia CSB, Chloride-Emerson, Enersis-Hawker, Meibat, Linde, Still, Toyota, Hoppecke, Saft, Socomec y TAB España, entre otros.
Legislación comunitaria
Directiva Marco 2008/98/CE, de Residuos.Decisión 2011/118/CE: Lista Europea de Residuos (LER).
Directiva 2006/66/CE de pilas y acumuladores.
Reglamento (CE) 1013/2006, sobre traslado de residuos.
Legislación española
Anteproyecto Ley de Residuos y Suelos Contaminados.Ley 10/1998 de 21 de abril, de residuos.
Orden MAM/304/2002, publicando la LER.
Real Decreto 106/2008, de pilas y acumuladores.
Real Decreto 943/2010, modificando el RD 106/2008.