El proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases cambia y armoniza las reglas del juego
El Proyecto de Real Decreto de Envases y Residuos de Envases define claramente qué se puede considerar como envase reciclable, además de poner las bases para que los mensajes sobre reciclabilidad incluidos en los envases sean reales, neutrales y auditables. Las evaluaciones, Certificado y Sello de Reciclabilidad de DríadeSM, están alineados con los preceptos establecidos en este Proyecto de Real Decreto.
La Comisión Europea ha determinado que en 2030 todos los envases deberán ser reutilizables, reciclables o compostables. Pero, ¿qué requisitos debe cumplir un envase para que pueda considerarse reciclable? Cuando desde DríadeSM y la Cátedra UNESCO de Ciclo de Vida y Cambio Climático ESCI-UPF desarrollamos la evaluación, certificación y sello de reciclabilidad real, éste fue el primer concepto a abordar. No fue tarea fácil, pero teníamos una determinación inamovible: la definición debía evidenciar la realidad. Hoy nos complace ver que esa misma determinación está presente en el Proyecto de Real Decreto de Envases y Residuos de Envases (PRDEE) y que el concepto de reciclabilidad está enteramente alineado con lo que ya desde 2018 veníamos defendiendo.
Según el punto V del Artículo 2 del PRDEE se define la reciclabilidad de los envases como:
“la capacidad de reciclado efectiva de los residuos de envases, que se determina considerando los siguientes criterios:
1º. Que sean recogidos separadamente de manera eficaz, a través del acceso de los usuarios a puntos de recogida cercanos;
2º. Que no presenten características, elementos o sustancias que impidan su clasificación y separación, su reciclado o limiten el uso posterior del material reciclado;
3º. Que sean reciclados a escala industrial con procesos comerciales que garanticen una calidad suficiente del material reciclado para sus usos posteriores, y en una cantidad superior al 50% de la masa de los residuos recogidos de ese tipo de envase;”
Durante los años que nos ha llevado desarrollar la definición y metodología de evaluación de nuestro Certificado y nuestro Sello de Reciclabilidad, hemos tenido que defender fervientemente los conceptos mencionados en este decreto, con el claro respaldo de los principales protagonistas del cierre del ciclo, los recicladores. Pero la lucha ha valido la pena. Por fin existe un texto legal que define la reciclabilidad y está totalmente alineada con la que veníamos preconizando.
Y es que, para que un envase se pueda considerar como reciclable, ha de superar cada una de las fases necesarias para que el material del que está compuesto se reincorpore al ciclo productivo del que proviene, es decir: recogida, clasificación y reciclado. De nada sirve que un producto supere una fase si no supera todas y cada una de ellas.
Artículo publicado en el Nº 90 Mayo – Junio 2022