Se aprueba el decreto por el que se modifica el Plan Integral de Residuos de la Comunidad Valenciana
Su revisión era necesaria tanto por lo prescrito en cuanto a plazos en la Ley estatal 22/2011 como por la adaptación al Plan Estatal Marco de Gestión de Residuos 2016-22 (PEMAR), así como por diversas sentencias del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que anulaban el artículo 17.3 del anterior texto.
Se ha tenido en cuenta, asimismo, lo dispuesto en recientes Directivas europeas, tales como el paquete de Economía Circular de 2018, o la Directiva de plásticos de un solo uso. Adicionalmente, pretende ser un mecanismo de implementación del acuerdo de la ONU sobre los Objetivos de Desarrollo Sostenible, como el objetivo 11 sobre ciudades y asentamientos humanos inclusivos, resilientes y sostenibles; el 12 sobre consumo y producción sostenibles, o el 13 sobre medidas urgentes contra el cambio climático.
Aun tratándose de la modificación y adaptación de un decreto, formal y prácticamente se ha realizado una tramitación de decreto nuevo, dado el carácter normativo y de plan de acción territorial de obligado cumplimiento en la Comunitat Valenciana. El proceso de tramitación ha incluido una evaluación ambiental estratégica y un elevado grado de debate y participación.
El nuevo Plan está asociado a la transición hacia un nuevo modelo de gestión de residuos, acorde con las opciones de gestión jerárquicamente prevalentes según las Directivas Europeas, es decir, prevención en la generación, reducción en origen, preparación para la reutilización, reciclado de calidad.
Se fundamenta así una nueva planificación autonómica de residuos completamente basada en los principios de la Economía Circular que contempla las políticas orientadas al «residuo cero».
En este marco, el nuevo plan impulsa la recogida selectiva, tanto en el ámbito municipal como en centros públicos y privados de toda índole. Asimismo, la recogida selectiva de biorresiduos en origen se convierte en una propuesta de ámbito autonómico, con el objeto de maximizar su rendimiento y no superar el máximo de un 10% destinado a vertedero que marcan las directivas a futuro.
También se fomentan algunas técnicas de valorización material, como el uso de materiales obtenidos a partir de biorresiduos, especialmente para la fracción orgánica no obtenida selectivamente.
Respecto a las sentencias del TSJCV que anularon el artículo del anterior texto sobre incineración, el PIRCV desestima el desarrollo por parte de la Generalitat de infraestructuras de incineración en relación con los residuos domésticos y asimilables.
Además, introduce nuevos criterios para la gestión adecuada de residuos industriales y no se contempla la incineración, coincineración ni valorización energética de residuos peligrosos de cualquier tipo susceptibles de tratamientos previos o alternativos.
Otras innovaciones
Entre las innovaciones incorporadas por el nuevo PIRCV cabe destacar la apuesta por sistemas de pago por generación, a través de nuevos sistemas de recogida, como el «puerta a puerta» adaptado al municipio o equivalente decidido por la entidad local, que incorpore nuevas tecnologías.
Además, se indican ratios mínimas de educadores ambientales por municipio que trabajen diariamente con la ciudadanía en la prevención, reutilización y reciclaje de calidad; y se obliga a que todos los elementos de un solo uso fabricados con plásticos sean, como mínimo, real y efectivamente reciclables.
También son novedad las bonificaciones de las tasas de gestión de residuos a las familias reconocidas oficialmente en riesgo de exclusión social, así como el estímulo a la colaboración con empresas de inserción social para la gestión de algunos tipos de residuos, como textiles, enseres o RAEES (residuos de aparatos eléctricos y electrónicos).
Por otra parte, el Plan abandona definitivamente la perspectiva de proyectos de macroplantas o macrovertederos en la Comunitat Valenciana.