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La consultoría especializada Deplan ofrece la posibilidad de asesorar o realizar el estudio con las mayores garantías

Finaliza el plazo para presentar el estudio de minimización de residuos peligrosos

Redacción Interempresas25/05/2009

25 de mayo de 2009

La disposición adicional segunda del RD 952/1997, de 20 de mayo, especificaba que todos los productores de residuos peligrosos debían elaborar y enviar a la comunidad autónoma correspondiente un estudio de minimización de residuos peligrosos, con un plazo máximo de entrega a la administración que expiraba el 6 de julio de 2001, y posteriormente cada cuatro años. El siguiente plazo finaliza el próximo mes de julio, y consultorías como Deplan ofrecen la posibilidad de asesorar o realizar los estudios de minimización de residuos especiales a medida de cada cliente. Siempre con la garantía de calidad y el conocimiento que aporta una consultoría especializada en medio ambiente fundada el año 1992.

El estudio de minimización lo deben presentar todas las empresas que generen residuos peligrosos, ya sean industrias, empresas de servicios o pequeños productores. Los residuos peligrosos son los definidos por la legislación y por la Lista europea de residuos, teniendo en cuenta que la legislación catalana considera residuos especiales los residuos que la normativa estatal y comunitaria considera peligrosos.

El próximo 6 de julio finaliza el plazo de entrega a la administración del estudio de minimización de residuos peligrosos...
El próximo 6 de julio finaliza el plazo de entrega a la administración del estudio de minimización de residuos peligrosos.

El estudio de minimización debe ser presentado por escrito ante la comunidad autónoma en los plazos que la normativa establece:

- Si la fecha de inicio de actividad del centro es posterior al 6 de julio de 2001, las actividades productoras de residuos peligrosos de nueva implantación deben presentar el estudio de minimización, como muy tarde, en el momento de inicio de la actividad, y en todo caso cuando en el proceso de legalización así sea exigido. Una vez presentado el primer estudio, su renovación debe realizarse cada cuatro años a partir de la fecha de presentación del primero de ellos.

- En cambio, si la fecha de inicio de actividad del centro fue anterior al 6 de julio de 2001, se debería haber presentado el estudio en esa fecha. Pero si el primer estudio se presentó fuera del plazo establecido, la vigencia de éste finalizó en fecha de 6 de julio de 2005, aunque transcurriesen los cuatro años reglamentarios, y así sucesivamente.

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