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Según el Real Decreto, podremos entregar los RAEE de manera gratuita en los puntos limpios y otros puntos de entrega de las entidades locales

Entrevista a Begoña Fabrellas, consejera técnica de la Subdirección General de Residuos del Magrama

Mª Carmen Fernández22/10/2015

Interempresas ha entrevistado a Begoña Fabrellas, consejera de la Subdirección General de Residuos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama), para que explique en qué consiste el nuevo Real Decreto 110/2015 de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE), los objetivos de dicha norma, en qué punto de desarrollo se encuentra actualmente, y algunas cuestiones generales relacionadas con la gestión de RAEEs en nuestro país.

El nuevo Real Decreto 110/2015 de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos (RAEE) instaura un nuevo modelo de gestión y define de forma precisa las obligaciones de todos los agentes implicados en la cadena de gestión de RAEE. ¿Qué grado de importancia tenía la aprobación de este nuevo Real Decreto? ¿Qué objetivos esperan cumplir con su implementación?

La incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2012/19/UE de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos través del Real Decreto 110/2015, supone no sólo la implementación de las nuevas directrices comunitarias en este flujo, sino que incluye, por vez primera, los principios derivados de la Ley 22/2011 de residuos y suelos contaminados y contempla las medidas necesarias para situarnos en la senda del cumplimiento de los nuevos objetivos y de las obligaciones más ambiciosas y exigentes que la Directiva de 2012 recoge. Así, el proyecto de Real Decreto incluye una serie de elementos como:

  • La clarificación y sistematización de los sujetos intervinientes en el proceso de recogida y gestión de los RAEE, de su participación así como de sus obligaciones de información.
  • La mejora del control, trazabilidad e información en materia de recogida y gestión de RAEE a través de un instrumento único de coordinación, que cuente con una Plataforma Electrónica de RAEE y que supervise la Oficina de asignación de recogidas. Este control y supervisión queda en manos de las Administraciones Públicas a través del Grupo de trabajo de RAEE, que se encuentra, asimismo bajo la supervisión de la Comisión de Coordinación en materia de residuos.
  • Se desarrolla, detalla y clarifica el papel de la responsabilidad ampliada del productor.
  • Se ha dedicado también mucho esfuerzo a los anexos técnicos del proyecto en los que se recogen aspectos en los que se había solicitado homogeneización de criterios.

Entre los objetivos generales del real decreto se puede destacar:

  • Mejorar la eficiencia en el uso de los recursos y reducir sus impactos globales.
  • Incorporar la jerarquía de residuos como principio de la política de residuos a través de: medidas sobre prevención en la generación de RAEE y de medidas de impulso de la preparación para la reutilización, incluyendo objetivos específicos para ésta forma a partir de 2017 para los productores de AEE.
  • Contribuir al desarrollo sostenible y al estímulo del empleo verde.

Asimismo, entre los objetivos más específicos del Real Decreto destacan:

  • Cumplir con los nuevos objetivos comunitarios de recogida y gestión de RAEE, mejorando la trazabilidad y el control sobre la recogida y gestión de estos residuos.
  • Dotar de claridad normativa y describir las obligaciones de todos los agentes implicados en la cadena de RAEE, desde su aparición en el mercado como AEE hasta su recogida y gestión como residuo, así como sistematizar las obligaciones de información de los agentes.
  • La constitución de un único instrumento de datos de RAEE a nivel autonómico y estatal que garantice la trazabilidad de cada fase del residuo (Plataforma electrónica de RAEE) y que será supervisado por las administraciones públicas.
  • Asegurar la coherencia y homogeneidad de la gestión de los RAEE en todo el territorio así como la unidad de mercado.
  • Garantizar la competitividad del sector de los fabricantes de AEE y del sector de gestión de RAEE.
  • Fomentar el ecodiseño de AEE por parte de los fabricantes.
  • Optimizar la gestión de los RAEE bajo responsabilidad ampliada del productor (RAP).
Begoña Fabrellas, consejera de la Subdirección General de Residuos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama)...
Begoña Fabrellas, consejera de la Subdirección General de Residuos del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (Magrama).

¿Qué problemas o dificultades se han encontrado a la hora de desarrollar el nuevo Real Decreto?

Con el objetivo de de analizar y dibujar adecuadamente el modelo de gestión del nuevo Real Decreto, se mantuvieron continuas reuniones con todos los agentes relacionados con este flujo de residuos. Todos los agentes estaban dispuestos a afrontar nuevos enfoques y se alcanzaron consensos en puntos controvertidos como la fijación de los objetivos de preparación para la reutilización, la fijación de objetivos de recogida a nivel autonómico, la financiación de las campañas de concienciación o el sistema único de control de los datos de recogida y gestión por parte de las administraciones competentes.

Una vez publicado el Real Decreto en el BOE contamos con todos los agentes afectados, y que han participado en su elaboración, para su adecuada implementación. Además, hay que tener en cuenta los periodos transitorios que la norma establece y que dan el margen necesario para poner en marcha las medidas que prevé el Real Decreto. Así, por ejemplo, la adaptación de los puntos limpios tiene un margen temporal de cinco años y la puesta en marcha de la plataforma electrónica no será efectiva hasta que se publique la correspondiente orden ministerial, de manera que en esta etapa estamos iniciando los trabajos preliminares, como es el caso de la plataforma electrónica de RAEE.

Ud. estuvo presente en las sesiones informativas sobre este nuevo Real Decreto, cuya celebración tuvo lugar en Barcelona el pasado mes de abril. En dicho evento señaló la necesidad de modificar e intensificar medidas a nivel Europeo puesto que el modelo actual no estaba funcionando. ¿Qué es lo que falla en España con respecto a Europa? ¿Cuáles son los puntos que mejoraría?

La Comisión Europea detectó que en Europa, alrededor del 30% de los RAEE estaban siendo gestionados bajo la financiación de los productores de aparatos, el 30% estaba gestionado por gestores de residuos autorizados sin necesidad de esa financiación, y un 30% estaban siendo gestionados ilegalmente o eran objeto de traslados ilícitos fuera de Europa. Aunque estas proporciones no pueden ser directamente extrapolables a la situación en España, nuestros objetivos, en línea con lo detectado por la Comisión Europea, se han centrado en hacer desaparecer la gestión ilegal y los traslados ilícitos, así como contabilizar adecuadamente todos los residuos recogidos y gestionados en España: los financiados por los fabricantes y los que son directamente recogidos y gestionados por los gestores autorizados. Entre otros, los principales elementos que han incidido en el funcionamiento del anterior modelo han sido:

  • La complejidad y la diversidad de los sectores implicados: fabricantes de los diferentes tipos aparatos eléctricos, distribuidores que colaboran en la recogida, gestores de residuos que realizan distintas operaciones (la recogida, que incluye los puntos limpios municipales, el almacenamiento y tratamiento de los RAEE, los centros de preparación para la reutilización, las instalaciones de desmontaje, fragmentadoras, acerías, fundiciones, recicladores de otros materiales, etc.), los sistemas de responsabilidad ampliada del productor (12 sistemas integrados de gestión) con diferentes formas de organización y funcionamiento interno.
  • La distribución competencial de España y la pluralidad de autoridades competentes en esta materia había generado una falta de armonización en la aplicación del Real Decreto 208/2005 por parte de las CCAA, en especial en el desarrollo de requisitos homogéneos para la concesión de autorizaciones de las plantas de tratamiento de RAEE y para la autorización de los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada. Lo que ha derivado en que existan una heterogeneidad y multiplicidad de condiciones y formas de trabajo en materia de gestión y financiación de estos residuos que ha supuesto, de facto, una auténtica barrera al mercado, una alta inversión en recursos humanos y una ineficiencia en el logro de los objetivos.
  • La ausencia de un único instrumento de contabilización oficial y que además asegurara la trazabilidad desde la recogida hasta el tratamiento final del RAEE, lo que ha dificultado la obtención de información completa sobre la gestión de estos residuos.
  • La inspección y control que necesitan ser reforzados, en particular para evitar la gestión y el traslado ilegal.

Muchos residuos electrónicos contienen materias primas de gran valor, como por ejemplo oro, platino, paladio, etc. ¿Cómo se aprovechan dichas materias primas?

Los recicladores finales obtienen estas materias a partir de los componentes que se separan de los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos. Los recicladores son los que ponen de nuevo estas materias en el mercado, cerrando el círculo de la economía “producto-residuo-recurso-producto”.

La adaptación de los puntos limpios tiene un margen temporal de cinco años y la puesta en marcha de la plataforma electrónica no será efectiva hasta...
La adaptación de los puntos limpios tiene un margen temporal de cinco años y la puesta en marcha de la plataforma electrónica no será efectiva hasta que se publique la correspondiente orden ministerial.

Mucha gente tira aparatos electrónicos al contenedor erróneo. ¿Qué peligros conlleva ésta acción? ¿Dónde deben tirar los ciudadanos dichos aparatos?

En primer lugar tenemos que partir de dos conceptos que todos los ciudadanos tenemos que tener claros: primero, que los RAEE no pueden abandonarse en la calle, en la vía pública, en las proximidades de contenedores de residuos, en los descampados, etc. Es decir, no se pueden abandonar; segundo: que deben de depositarse de manera separada de los restantes residuos municipales para no contaminarlos con los elementos peligrosos que contienen y porque hay que garantizar el reciclado adecuado de los materias valiosas que hemos comentado antes. Una vez aclarados estos dos puntos, podremos avanzar en el debate sobre el contenedor adecuado.

Según el Real Decreto, y en líneas generales, podremos entregar los RAEE de manera gratuita en los puntos limpios y otros puntos de entrega de las entidades locales, en las tiendas de los vendedores, en los contenedores de recogida específicos que puedan estar situados en las oficinas o centros comerciales y también pueden ser entregados a directamente a los gestores autorizados para su recogida. De manera específica estas formas de recogida están desarrolladas en el Real Decreto en los siguientes términos:

  • La recogida en las entidades locales podrá hacerse en las recogidas puerta a puerta, cuando ésta exista; en los puntos limpios fijos o móviles; en las instalaciones de recogida autorizadas con las que las entidades locales tengan suscrito un acuerdo o a través de las entidades de economía social autorizadas para la recogida de RAEE.
  • En cuanto a la recogida en las tiendas de venta de aparatos eléctricos (distribuidores) la directiva considera que están muy cercanos a la vida cotidiana de los ciudadanos y esto hace que sea una gran oportunidad para hacer una recogida adecuada de los RAEE. Por ello establece que cuando los usuarios adquieren un aparato eléctrico nuevo pueden entregar gratuitamente el residuo del aparato usado sustituido (se entrega el secador usado por la compra de uno nuevo, una batidora eléctrica usada por la compra de una nueva, etc.). Esta recogida gratuita del residuo se realizará en el momento de su suministro, indistintamente si éste se realiza en el punto de venta del distribuidor o en el domicilio del usuario (se recoge la nevera vieja cuando te llevan a casa la nueva).

En el caso de que el consumidor no lleve en el momento de la compra el residuo que quiere entregar, (no todos llevamos encima el secador de pelo que ya no nos funciona y que entregaríamos como residuo), podrá hacer esta entrega hasta 30 días después de la compra presentando el ticket.

El vendedor que realice ventas a distancia o a través de internet debe de cumplir con las mismas obligaciones de recoger el residuo, como si lo hiciera en una tienda física. En las condiciones de la venta a distancia el vendedor diseñará su fórmula de recogida gratuita y lo indicará claramente al comprador en su página web. A modo de ejemplo podría establecerse que la recogida del RAEE se realice cuando el comprador se desplace a recoger el nuevo aparato en un punto de entrega indicado por el vendedor, y por supuesto en el caso de que el suministro del aparato nuevo sea en el domicilio se podrá retirar gratuitamente el RAEE al que sustituye. También es posible que el vendedor on-line pueda indicar distribuidores que puedan hacerse cargo de los RAEE y que se encuentren en zonas cercanas a los puntos de entrega. En realidad, lo que se pretende es facilitar a los usuarios la entrega de los RAEE de manera que no se depositen o abandonen en lugares inadecuados.

Además de todo lo anterior, las grandes superficies con una zona de venta destinada a la venta de AEE de más de 400 m2, deberán colocar contenedores para que se puedan depositar RAEE muy pequeños, (con ninguna dimensión mayor de 25 cm) sin la obligación de compra de ningún nuevo aparato.

  • Por otra parte, los fabricantes de aparatos eléctricos pueden colocar contenedores complementarios a todo lo anterior y situarlos, por ejemplo, en centros comerciales, tiendas, oficinas o en otros establecimientos donde haya una importante afluencia de público y aumente y facilite la recogida separada.
  • Por último, hay que mencionar también la posibilidad de entregar directamente los RAEE a los gestores autorizados para su recogida y evitar la entrega a los gestores ilegales, “mafias“o recogedores no autorizados, como los que, sin la correspondiente autorización, pasan por la calle anunciando la recogida de electrodomésticos viejos considerándolos como”chatarra” o se encuentran apostados en la puerta de los puntos limpios.

En algunos ayuntamientos, como en al Área Metropolitana de Barcelona, se ha iniciado un proceso de legalización de los antiguos chatarreros para su adaptación a la nueva regulación. Son los denominados “puntos limpios urbanos”. Estas instalaciones se encuentran localizadas en núcleos urbanos y son cercanas a los ciudadanos, por lo que resultan muy útiles en la recogida efectiva de estos residuos, a la vez que pueden servir de inserción laboral a poblaciones con riesgo de exclusión social.

El vendedor que realice ventas a distancia o a través de internet debe de cumplir con las mismas obligaciones de recoger el residuo...
El vendedor que realice ventas a distancia o a través de internet debe de cumplir con las mismas obligaciones de recoger el residuo, como si lo hiciera en una tienda física.

¿Cuál considera que es la causa principal por la cual no se recicla más, o no se hace de manera adecuada en nuestro país?

Para mejorar la gestión de los RAEE en nuestro país, yo destacaría los siguientes elementos relevantes: la necesidad de mayor información a los ciudadanos en esta materia para que conozcan sus obligaciones y también sus derechos de entrega separada de estos residuos; también una mayor implicación del sector de la distribución, que por su situación de proximidad al ciudadano está llamado a jugar un papel esencial en la recogida de estos residuos. Además, la gestión y el tratamiento de estos residuos necesitan un importante control por parte de todas las autoridades competentes. Todos estos sectores han manifestado su disposición para colaborar en la implementación de este nuevo Real Decreto de manera que estos aspectos puedan seguir mejorando.

En el evento que hemos comentado anteriormente Ud. señaló la necesidad de generar menos residuos y reutilizar más aparatos electrónicos. ¿Qué condiciones deben cumplir para poder ser reutilizados?

Efectivamente, la reutilización de los AEE usados (de forma directa o después de aplicar actividades de preparación para la reutilización) supone el aumento en la vida media del aparato, un ahorro de recursos, una reducción de la cantidad de residuos generados, una forma de consumo responsable y un nicho de nuevos empleos que supone un importante aliciente social y empresarial. Asimismo, se ponen en el mercado equipos más baratos que pueden hacer más asequible su compra, de manera que se facilita el acceso a estos aparatos. El Real Decreto establece en sus anexos unas condiciones técnicas muy rigurosas para que puedan ser de nuevo puestos en el mercado. La preparación para la reutilización se llevará a cabo por gestores autorizados de manera específica.

Las grandes superficies con una zona de venta destinada a la venta de AEE de más de 400 m2...
Las grandes superficies con una zona de venta destinada a la venta de AEE de más de 400 m2, deberán colocar contenedores para que se puedan depositar RAEE muy pequeños, (con ninguna dimensión mayor de 25 cm) sin la obligación de compra de ningún nuevo aparato.

Una de las novedades que introduce la nueva norma es que los establecimientos de venta de aparatos eléctricos y electrónicos deberán aceptar gratis los aparatos pequeños que ya hayan sido usados, como los teléfonos móviles. ¿Cómo funciona exactamente?

Como ya he comentado en la pregunta sobre la recogida, esta medida es un requisito exigido por la Directiva y aplicable en toda Europa. Sólo es obligatoria en los grandes centros comerciales donde la superficie de venta de aparatos eléctricos supere los 400 metros cuadrados. La idea es facilitar la entrega adecuada de estos residuos por parte del ciudadano. No supone un gran esfuerzo para las tiendas, dada su gran superficie, pero es un sistema de recogida que a los ciudadanos les puede resultar fácil y cómoda, que es el objetivo fundamental.

¿Es necesario que el aparato electrónico que queremos entregar lo hayamos comprado en ese establecimiento?

No, en este caso, no es necesario. Se trata de facilitar al máximo este tipo de entrega de residuos de aparatos muy pequeños.

El nuevo Real Decreto también contempla multas para los sujetos que abandonen aparatos eléctricos en vías públicas. ¿A qué tipo de sanciones se exponen los que incumplen este punto?

Las sanciones podrán ser impuestas a través de las ordenanzas municipales ya que la competencia de la recogida de estos residuos domésticos recae en los municipios, sin perjuicio de que el régimen sancionador que se pueda aplicar en cada caso pueda ser aplicado por otras administraciones según la gravedad del abandono, tal y como se indica en el régimen sancionador de la Ley de Residuos 22/2011.

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