Ampliación de plazos y recordatorio de los requisitos del Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases
Redacción Interempresas
14/11/2023Tras más de casi un año desde la publicación del Real Decreto 1055/2022, Deplan considera necesario realizar una revisión y actualización de éste.
El Real Decreto es aplicable a todos los envases y sus residuos puestos en el mercado, en el territorio del Estado, con independencia de que su origen sea la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios o de hogares. Cataloga los tipos de envases como domésticos, comerciales o industriales, así como envases mixtos que integren varias de estas categorías.
Anteriormente, se realizaba la Declaración Anual de Envases (DAE) en cada Comunidad Autónoma. Este Real Decreto unifica estos registros de manera estatal, dejando de ser vigente el anterior sistema.
El Real Decreto entró en vigor el pasado 28 de diciembre de 2022.
Con el fin de cumplir con dicho Real Decreto, se crea la sección de envases en el Registro de Productores de Producto en el portal E-SIR, en el que todos los productores deben inscribirse y al que deben remitir anualmente información sobre la puesta en el mercado de envases, la gestión de sus residuos y la gestión financiera de los sistemas.
Tras realizar el registro, la aplicación suministra un nº de producto similar a este: ENV/AÑO REGISTRO/XXXXXXXXX. Donde XXXXXXXXX es un contador de 9 dígitos y AÑO REGISTRO es el año en que se inscribe en el registro de productores de producto.
Este número debe incluirse en los documentos comerciales donde se haga referencia a envases, por ejemplo en albaranes y facturas. Esto permitirá en un futuro que el productor del residuo de envases pueda relacionar el residuo con el envasador de este.
Además, durante el año 2023 hay que realizar las declaraciones de los envases puestos en el mercado en 2021 y 2022. Para ello hay que recopilar cantidades, calidades (% de material reciclado), si son reutilizables y destinos de los diferentes envases.
- Periodo extraordinario del 1/11/2023 hasta 30/11/2023: Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2021.
- Periodo extraordinario del 1/12/2023 hasta 30/12/2023: Periodo de grabación de datos para el año de reporte 2022.
A partir de entonces, se deberá realizar la declaración de los envases puestos en el mercado durante el primer trimestre del año.
De acuerdo con la disposición transitoria sexta de la nueva norma, la inspección del cumplimiento de esta obligación comenzó el 1 de junio de 2023.
Deplan ofrece asesoramiento en todos los trámites necesarios, y también la posibilidad de realizar todas las gestiones necesarias a través de un apoderamiento formalizado.
En el siguiente documento PDF podrá encontrar respuesta a las preguntas más frecuentes: Actualización y recordatorio requisitos del Real Decreto 1055-2022_FAQS