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Las subvenciones pueden solicitarse desde el 13 de enero de 2025, con una dotación máxima de 3.000 euros por beneficiario

En marcha el Plan Renove de Ventanas 2024

Redacción Interempresas07/01/2025

La Comunidad de Madrid, a través de su organismo Fundación de la Energía (Fenercom), pone en marcha el Plan Renove de Ventanas 2024. Su objetivo será incentivar la renovación de antiguas ventanas de las viviendas de la Comunidad, por otras de mayor eficiencia energética para mejorar la reducción de la demanda energética de las viviendas.

Las subvenciones podrán aplicarse a todas aquellas actuaciones realizadas desde el 27 de diciembre de 2024. El plazo para presentar solicitudes estará vigente del 13 de enero al 31 de agosto de 2025.

Los beneficiarios que cumplan con los requisitos exigidos podrán recibir las siguientes subvenciones:

  • 120 Euros/m2 de vidrio instalado, para ventanas sin persiana motorizada.
  • 180 Euros/m2 de vidrio instalado, para ventanas con persiana motorizada.

La cuantía máxima de la ayuda será de 3.000 euros por beneficiario y solo por actuación en una única vivienda.

Nuevo Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid
Nuevo Plan Renove de Ventanas de la Comunidad de Madrid.

Requisitos y procedimiento de solicitud

El plan renove de ventanas 2024 de la Comunidad de Madrid considera costes elegibles los siguientes supuestos:

  1. Sustitución de ventanas existentes en viviendas.
  2. Persona física empadronada en la Comunidad de Madrid.
  3. Persona física propietaria de la vivienda.
  4. Viviendas ubicadas en la Comunidad de Madrid.
  5. Debe ser instalada por una empresa instaladora adherida al plan. No será subvencionable simplemente la compra.
  6. Superficie de vidrio sustituido: mínimo 2 m2.

Las características técnicas que deben cumplir las ventanas son:

  • El marco de los perfiles utilizados en la fabricación de las ventanas deberá tener una transmitancia térmica (U) menor a 2,3 W/m2 K y el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante debe poseer un valor de U menor o igual a 1,3 W/m2 K, estando formado por, al menos, un vidrio bajo emisivo.
  • Los marcos y hojas deberán ser de madera, metálicos, mixtos o de PVC.
  • En el caso de carpinterías metálicas, deberán disponer de rotura de puente térmico.
  • En el caso de los marcos y hojas de PVC, tendrán clasificación para clima severo en España.
  • Las nuevas ventanas y/o puertas-ventana tendrán una permeabilidad al aire Clase 4.
  • En el caso de sustitución de ventana con capialzado (persiana), el cajón de persiana tendrá permeabilidad al aire clase 4 e incorporará aislante térmico, de forma que el cajón tenga una transmitancia (U) menor o igual a 1,5 W/m2 K.
  • En todas las ventanas el herraje será perimetral, y en las de dos hojas movibles deberá incluirse palanca de rebajo en la hoja pasiva o sistema similar. Los fijos no requerirán herraje.
  • Tanto el perfil, como el modelo de acristalamiento o unidad de vidrio aislante, el herraje, el cajón de persiana y motor deberán estar incluidos en la sede electrónica del Plan.
  • La instalación deberá ejecutarse según la norma UNE 85219:2023 “Ventanas. Colocación en obra” para su correcta colocación en obra.

El procedimiento de solicitud se realizará mediante presentación online, a partir del 13 de enero de 2025 por parte de las empresas instaladoras adheridas a través de la sede electrónica.

Asimismo, las solicitudes deberán acompañarse de la documentación requerida en la convocatoria:

  1. Memoria técnica de la actuación subvencionable. *
  2. Memoria económica de la actuación subvencionable. *
  3. Documentación acreditativa de la titularidad bancaria.
  4. Etiquetas de los vidrios que garanticen el origen y la trazabilidad.
  5. Marcado CE de cada puerta o ventana instalada.
  6. Fotografías de las ventanas antes y después.
  7. Certificado de empadronamiento.
  8. Declaración responsable de la titularidad de la vivienda.
  9. Factura.
  10. Certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones tributarias, salvo autorización de consulta.
  11. NIF/NIE, salvo autorización de consulta.

* Se autogenera y se firma a través de la sede electrónica.

Empresas implicadas

Uno de los requisitos para optar a las subvenciones es que las ventanas deben ser instaladas por empresas instaladoras adheridas al plan, con lo que la simple adquisición de las ventanas no es susceptible de beneficiarse de las ayudas.

El plan prevé la participación de dos tipos de empresas: instaladoras y suministradoras.

  • Empresas instaladoras: aquellas que realizan la instalación de la ventana y que deben estar adheridas al plan. Para darse de alta como empresa instaladora, pueden hacerlo desde este enlace.
  • Empresa Suministradora: responsables de habilitar el material para le programa de ventanas: perfiles, unidad de vidrio aislante, herrajes, cajones de persiana o motores. Se deberá añadir la documentación técnica que acredite que dicho material cumple las condiciones del Plan de Ventanas 2024. Para darse de alta como empresa suministradora, puede hacerse desde este enlace.

Desde Fenercom se aclara que la figura de empresa suministradora NO es la que realiza la instalación de la ventana, por lo que tampoco es la que realiza solicitudes a nombre de los clientes particulares. Si este fuera el caso, tendría que realizar el alta como ‘Empresa Instaladora de ventanas’.

Para esclarecer dudas sobre cómo tramitar las ayudas o si se precisa mayor información, contactar con Fenercom a través de renoveventanas@fenercom.com.

Más información, aquí.

Empresas o entidades relacionadas

Fundación de La Energía de La Comunidad de Madrid

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