“En los últimos años se está llevando a cabo una sustancial mejora y renovación de las infraestructuras de nuestro país”
Entrevista a Gonzalo Meneses, presidente del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas
¿Cómo nació el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas?
El
origen de la profesión se remonta a abril de 1854 cuando, por Real Decreto, se
crea el Cuerpo de Ayudantes de Obras Públicas. Asimismo, para la formación de
los ayudantes de Obras Públicas se crea en 1857 la correspondiente Escuela
Especial, dependiente del Ministerio de Fomento. El ingreso en ella, por
oposición, llevaba aparejado la obtención de la condición de funcionario y el
ingreso al cuerpo al finalizar los estudios.
Esta
situación permanece hasta que en 1957 se promulga la Ley sobre normas
reguladoras de las enseñanzas técnicas, pasando la escuela a depender del
Ministerio de Educación Nacional y cambiándose la denominación de la titulación
por la de Perito de Obras Públicas que apenas duró siete años.
De
acuerdo con dicha Ley, el Decreto de 7 de marzo de 1958 dispuso importantes
cambios que afectaron a la profesión: el ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de
Obras Públicas se obtiene por oposición entre los titulados por las escuelas
(lo que significaba la pérdida de la obtención automática de la condición de
funcionario por el mero hecho de acceder a la escuela), el reconocimiento del
ejercicio libre de la profesión y el otorgamiento de competencias específicas
para los Ayudantes de Obras Públicas, la creación del Colegio de Ayudantes de
Obras Públicas y la colegiación obligatoria para ejercer las competencias
profesionales.
La Ley 2/1964 sobre Reordenación de las Enseñanzas Técnicas suprimirá el título de Perito de Obras Públicas y creará los títulos de Ingeniero Técnico, fijándose por Decreto en 1969 las denominaciones y especialidades de las Ingenierías Técnicas.
En 1974 se produce, dentro del mundo funcionarial, el cambio de denominación del Cuerpo de Ayudantes de Obras Públicas por el del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. También en este año se promulga la Ley de Colegios profesionales. La denominación del colegio profesional se cambia a la actual de Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas por Real Decreto 743/1977, que es la que figura hasta nuestros días.
¿Y cuáles son sus fines principales?
Los fines
fundamentales del colegio son, entre otros, la ordenación del ejercicio de la
profesión orientada a su perfeccionamiento y progreso al servicio de la
sociedad, la representación exclusiva de la profesión, la defensa de los
intereses profesionales de los colegiados, la promoción de la profesión de
ingeniero técnico de obras públicas y del reconocimiento de su prestigio,
dignidad y contenido esencial, velando por la deontología profesional del ingeniero en el respeto a los derechos de los particulares y por su formación
continua.
Gonzalo Meneses, presidente del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas.
¿Cómo responde el colegio a la prestación de formación continua a un profesional?
El colegio, en cumplimiento de sus funciones estatutarias, ha de organizar y promover actividades de interés formativas y ofrecer a los colegiados una formación continua, indispensable para que un buen profesional esté al día en su ejercicio. Por ello, el colegio imparte cursos de temas muy variados relacionados con la profesión, como tratamientos de aguas, nuevas tecnologías, prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en obras de construcción, evaluación de impacto ambiental, obras marítimas y portuarias, carreteras, seguridad vial, gestión de aguas, control económico y planificación de obras, peritaje, etc. Y también, a través de un convenio que tenemos con Structuralia, empresa dedicada a impartir formación a profesionales y especializada en temas de ingeniería, los colegiados pueden acceder a precios muy ventajosos a todos los cursos impartidos por ella. Por otra parte, el colegio viene promocionando y participando con distintas universidades en másteres oficiales sobre materias relacionadas con la profesión.
“Se está llevando a cabo una serie de iniciativas para
intentar asegurar una mayor eficacia en
las inversiones públicas y privadas en I+D+i”
Actualmente la I+D+i tiene un gran peso para la mayoría de empresas de todos los sectores. ¿Qué papel desempeña en el sector de las obras públicas?
Sin lugar a
dudas, la I+D+i es un capítulo de indudable trascendencia en el sector de las
obras públicas. En respuesta a esta necesidad se creó hace años una Plataforma
Española de la Construcción, formada por grandes empresas, pymes,
universidades, centros tecnológicos y de investigación, asociaciones de la
construcción y de normalización, colegios profesionales, ministerios, etc., y a
la que nuestro colegio pertenece, y que tiene como objetivo unir a todos los
agentes de este sector para identificar los retos de la innovación en la
construcción, desarrollar las estrategias y los planes necesarios para afrontar
dichos retos e implantar los resultados que se vayan obteniendo.
Con el lema “Hacia el 2030: innovación y cambio eficiente del sector de
la construcción”, ya se está llevando a cabo una serie de iniciativas para
intentar asegurar una mayor eficacia en
las inversiones públicas y privadas en I+D+i, facilitando la adopción de los
nuevos avances científicos, una mejora de la competitividad de las empresas,
potenciando un sector industrial más sostenible, tanto desde el punto de vista
económico como desde el punto de vista social y medioambiental.
De izquierda a derecha: David Falin, tesorero general; Juan Marín, secretario general; Gonzalo Meneses, presidente; Joan Sánchez, vicepresidente primero y Ernesto Domínguez, vicepresidente segundo.
¿Cree usted que se ha de invertir más en formación y en innovación?
En cuanto a la inversión en formación en todos sus
niveles y en I+D+i (aunque me pregunte sólo por la innovación – la i minúscula-
a ella se llega normalmente a través de
la investigación y el desarrollo), creo que nadie discute que no sólo es
necesaria sino fundamental y que las metas alcanzadas no son todavía las
adecuadas. Y es precisamente en periodos de crisis cuando más se debe invertir
en ello, sobre todo si se pretende cambiar o introducir nuevos modelos
productivos e incrementar la productividad.
“Es precisamente en periodos de crisis cuando más se debe invertir
en I+D+i”
Gonzalo Meneses: “No se puede saber el tiempo que se tarda en aprobar un proyecto, pues hay que tener en cuenta que entre la aprobación provisional del proyecto y la definitiva, hay muchos factores que influyen en ese tiempo”.
Foto: Marcelo Terraza.
Sabemos que el sector de la construcción es el más afectado por la crisis, pero ¿qué me puede decir de la obra pública? ¿Se han frenado muchos proyectos o al contrario, se están haciendo más como por ejemplo las infraestructuras del AVE?
Parece que existe una tendencia a
disminuir los fondos de licitación de obra pública. En este sentido, sirva de
ejemplo los datos del Grupo Fomento que, para el año 2010, cuenta con un
presupuesto de cerca de 31.000 millones de euros, que supone un ligero descenso
respecto al año anterior , debido a las políticas de austeridad y ajuste del
gasto; pero, salvo modificaciones por nuevos ajustes presupuestarios, la
situación contempla una inversión de casi
20.000 millones de euros, es decir, en realidad se invierte un 2,9% más,
apostando fuertemente en las políticas de ferrocarril, subvenciones al
transporte y aeropuertos.
“Se prevé que exista un descenso de la licitación en los últimos meses de
este año”
Actualmente existen en obras en ejecución y en
licitación por un valor de unos 10.000 millones en carreteras, y más de 1.000
millones en vías ferroviarias, sin contar las que pertenecen al Adif. A estas
inversiones hay que añadir las portuarias, las hidráulicas, las
medioambientales de saneamiento, costas, etc. y todas aquellas que proyectan y
ejecutan las comunidades autónomas, las diputaciones provinciales, los cabildos
insulares y los ayuntamientos.
Aun así, el mercado de la ingeniería civil en España atraviesa un
momento confuso. Según un informe del Instituto de Tecnología de la Construcción
en Cataluña (IteC) parece ser que el Fondo de Inversión Local (FEIL) no va a
destinar las mismas cantidades de dinero en el 2010 que en años anteriores. Es
decir, se prevé que exista un descenso de la licitación en los últimos meses de
este año. Para el medio plazo el argumento clave va a ser el control del
déficit, sin olvidar hasta qué punto se va a conseguir que la inversión privada
cubra el hueco dejado por la pública. Mientras esto no se materialice, no
parece prudente esperar para el bienio 2011-2012 mucho más allá de una
situación de estancamiento.
Gonzalo Meneses: “Los ingenieros técnicos de obras públicas poseen plena competencia para, entre otras cosas, firmar proyectos y dirigir obras, en sus respectivas especialidades”.
Foto: Fira Anuar.
¿Podría explicarme qué fases sigue un proyecto de obras públicas desde que se presenta, se aprueba y finalmente se lleva a cabo?
Aunque no
siempre se producen las mismas fases desde la concepción de una obra hasta su
finalización ni sufren las mismas vicisitudes, vamos a tratar de simplificar al
máximo la respuesta.
La
Administración promotora debe remitir al Organismo ambiental competente el
proyecto inicial o documento equivalente, incluso con soluciones alternativas,
de la obra a realizar, a fin de que dicho Organismo le remita las observaciones
y aspectos más significativos a tener en cuenta en la redacción del
correspondiente estudio de impacto ambiental. A continuación el proyecto
definido, junto al estudio de impacto ambiental, se expone a información
pública para que los afectados puedan formular las alegaciones que estimen
oportunas. Atendidas, en su caso, las mismas, se remite el proyecto y las
alegaciones al Organismo ambiental para que formule la Declaración de Impacto
Ambiental en la que se fijarán las condiciones en que, desde el punto de vista
ambiental, debe realizarse la obra.
La Autoridad promotora ordenará, en su caso, la redacción del proyecto
de construcción, el cual se incorpora al expediente, junto a los pliegos de
prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, para poder
someterlo a concurso, de acuerdo con la Ley de Contratos del Sector Público y
según sea el tipo de procedimiento de licitación elegido para la contratación.
Una vez seleccionada por el órgano contratante la oferta mejor valorada, se
adjudicará la obra, que deberá ser realizada en los plazos estipulados en el
contrato.
¿Cuáles son los proyectos con más demanda últimamente o durante el año 2009?
En los últimos años se está llevando a cabo una
sustancial mejora y renovación de las infraestructuras de nuestro país y ello
se traduce, naturalmente, en una mayor actividad constructora. En el ámbito de
las infraestructuras del transporte no sólo se están construyendo obras nuevas
sino, también, se está realizando una fuerte inversión en la conservación y
mantenimiento de las ya existentes. Tanto en infraestructura viaria como
ferroviaria y también en puertos y aeropuertos se ha incrementado la inversión
de forma notable y, en materia hidráulica, se están construyendo y
complementando instalaciones de depuración de aguas residuales y de
reutilización, además de plantas de desalación, junto con mejoras en los
abastecimientos de agua y de regadío. Este fuerte impulso inversor en todos los
campos de las obras públicas es lo que hace que la actividad en este sector
haya sido tan sobresaliente. Sin embargo, se prevé un cambio de tendencia
como consecuencia de la nueva situación económica cuya duración está por
clarificar.
“Tanto en infraestructura viaria como ferroviaria y también en puertos y aeropuertos se ha incrementado la inversión de forma notable”
¿Cuánto se puede tardar más o menos en aprobar un proyecto de obra pública?
No es fácil fijar el tiempo que se tarda en aprobar
un proyecto ya que hay que tener en cuenta que entre la aprobación provisional
del proyecto y la definitiva hay muchos factores que influyen en ese tiempo, y
más si se trata de una obra pública, como pueden ser el ámbito de las
actuaciones, el tipo de obra, la existencia del número de alegaciones que se
hagan al proyecto expuesto al público, las modificaciones que hubiera que
realizar motivadas por las alegaciones, etc. Por otra parte, las obras públicas
de infraestructura requieren de la aprobación de un Estudio de Impacto
Ambiental y los plazos en el cumplimiento de la legislación ambiental son
lentos y complejos, lo que influye directamente en que la aprobación del
proyecto se prolongue en el tiempo.
Hábleme del papel del ingeniero técnico en obra pública en España.
Los ingenieros
técnicos de obras públicas poseen plena competencia para, entre otras cosas, firmar
proyectos y dirigir obras en sus respectivas especialidades -construcciones
civiles, hidrología y transportes y servicios urbanos-, de acuerdo con la Ley
12/1986 sobre regulación de las atribuciones profesionales de la Arquitectura e
Ingeniería Técnica, modificada por la Ley 33/1992.
Actualmente, el ingeniero técnico de obras públicas cuenta con
reconocido prestigio, con pleno empleo, con unos titulados que han recibido una
formación compleja con un grado de dificultad elevado y con un campo de actuación
amplio que abarca no sólo la construcción y conservación de las
infraestructuras sino, también, su planificación y gestión, así como las de los
recursos y servicios que de ellas se derivan. Podemos decir que en todas las
obras de infraestructuras realizadas en nuestro país, desde las más importantes
y complejas hasta las más discretas pero igualmente necesarias, los ingenieros
técnicos de obras públicas hemos sido protagonistas, participando en ellas de
una forma activa y sobresaliente.
Gonzalo Meneses: “Actualmente, el ingeniero técnico de obras públicas cuenta con reconocido prestigio, con pleno empleo, con unos titulados que han recibido una formación compleja con un grado de dificultad elevado y con un campo de actuación amplio”.
Foto: Herman Brinkman.
¿Qué piensa sobre la aprobación de la Ley Ómnibus para los colegios profesionales? ¿De qué manera les influye?
La aprobación de
una Ley que modifica, entre otras 45 leyes, la de colegios profesionales,
debería haber sido objeto de un diálogo mucho más amplio y haberse abordado con
la calma que un sector tan importante como el de los servicios profesionales
exige. Sin embargo, la modificación se ha visto marcada por las prisas y el
desconocimiento de lo que realmente son los colegios profesionales y de las
funciones que llevan a cabo.
La
consecuencia final de la reforma, básicamente, es poner en tela de juicio la
colegiación obligatoria y el instituto del visado, considerándolos como
restricciones al mercado. Ambos son instrumentos con los que los colegios
profesionales ejercen la función de ordenación de la profesión y de protección
de consumidores y usuarios finales de los servicios de nuestros colegiados.
Los colegios profesionales no creen en un sistema en el que toda la protección se brinde únicamente a posteriori, es decir, que ante una mala práctica profesional se procure tan sólo que haya una indemnización, a través de un seguro de responsabilidad civil. Por el contrario, creen que la mejor protección del interés público estriba en la prevención, exigiendo primero que estas actividades estén reservadas a profesionales con la titulación y la habilitación legal apropiadas - lo que se consigue a través de la colegiación obligatoria - y que cada trabajo sea revisado con carácter previo a su realización efectiva, analizando la corrección e integridad formal de la documentación del trabajo profesional de acuerdo con la normativa aplicable al trabajo del que se trate, lo que se consigue a través del visado obligatorio.
¿Qué consecuencias podrían haber si no existiera la necesidad de colegiarse?
Parece que el
Gobierno ha olvidado que los colegios profesionales son corporación de derecho
público, con funciones delegadas por el Estado y reconocidos por la Directiva
de Servicios como autoridades competentes. La colegiación voluntaria los
transformaría en simples asociaciones, sin posibilidad de cumplir esas
funciones delegadas. Los colegios profesionales tienen la representación
institucional exclusiva de cada profesión precisamente por cuanto la
colegiación es obligatoria. Si dicha colegiación fuera voluntaria sería
sencillamente imposible velar por la deontología profesional, llevar a cabo la
ordenación del ejercicio de la profesión o proteger los intereses de los
consumidores y usuarios. Cualquier actuación del colegio podría eludirse
mediante el sencillo procedimiento de causar baja en el colegio en caso de que
la misma no fuera obligatoria, siendo imposible el cumplimiento de sanciones
colegiales, el control de aquéllos que hayan sido inhabilitados o la vigilancia
de la calidad de los trabajos profesionales.
En su opinión, ¿qué importancia tiene la sostenibilidad y la seguridad ambiental en la obra pública?
Dadas las características de las
obras públicas y su protagonismo en la transformación física de nuestro
entorno, su importancia en cuanto a sostenibilidad y seguridad ambiental es más
que evidente. Y teniendo en cuenta el nivel de participación activa en dichas
obras de los ingenieros técnicos de obras públicas, también es más que evidente
la necesaria implicación que tenemos en la sostenibilidad y la seguridad
ambiental. El desarrollo sostenible, que es aquel que permite satisfacer las
necesidades del presente sin comprometer las posibilidades de las futuras
generaciones para satisfacer sus propias necesidades, debe ser factor
fundamental en el desempeño de nuestras funciones profesionales.
Los ingenieros debemos asumir una
mayor responsabilidad en la formación de un futuro sostenible, incorporando en
nuestras actividades los planteamientos del desarrollo sostenible: partir del
conocimiento del entorno, internalizar los costes ambientales, identificar,
evaluar y seleccionar la mejor solución en el proyecto, integrar el trabajo en
un equipo interdisciplinar, respetar la legislación ambiental, minimizar el
consumo de recursos, minimizar la emisión de efluentes y procurar los ciclos
cerrados en el uso de los recursos.
“Los ingenieros debemos asumir una
mayor responsabilidad en la formación de un futuro sostenible”
¿Cree que debería haber más educación ambiental?
La educación ambiental debe ser el instrumento más idóneo para introducir en la vida profesional los principios del desarrollo sostenible. Se debe adquirir no sólo en los ámbitos universitarios sino también a través de los medios de comunicación social y, desde luego, a través de los colegios profesionales.
Y ese desarrollo sostenible lleva inherente la seguridad ambiental. Como ya dije anteriormente, todo proyecto de obra pública debe cumplir lo dispuesto en la legislación ambiental respecto a la evaluación del impacto ambiental que pudiera producir y que su tramitación es compleja en la fase de proyecto. Sin embargo, entendemos que el control no es lo exhaustivo que debería ser, sobre todo en la fase de funcionamiento de la obra, lo que repercute negativamente en su seguridad ambiental.
Desde el Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas consideramos que para mejorar la seguridad ambiental se debe controlar durante la fase de funcionamiento de las obras las posibles desviaciones de los impactos previstos en un principio, para poder adoptar a tiempo las medidas correctoras necesarias que impidan dañar el medio de forma grave e irreversible, con la incorporación a la dirección de obra de la figura de un coordinador en materia medioambiental que, en paralelo al coordinador de seguridad y salud, cree unos protocolos de funcionamiento para evitar posibles impactos ambientales negativos en las obras. Asimismo, se debe implantar un control medioambiental sobre los trabajos de conservación y mantenimiento de las obras en funcionamiento.
¿Cuáles son las normas o reglamentos que existen hoy en día en esta materia?
De obligada referencia es el Real
Decreto Legislativo 1/2008 que aprueba el Texto Refundido de la Ley de
Evaluación de Impacto Medioambiental de Proyectos, que de esta
forma regulariza, aclara y
armoniza las distintas disposiciones legales vigentes hasta la fecha en
materia de evaluación de impacto ambiental que habían sido dictadas
para adaptar nuestra legislación a las diferentes Directivas Europeas en la
materia. A esta Ley se remite la reciente Ley Ómnibus. Asimismo es
interesante citar la Ley 26/2007 de 3 de octubre de Responsabilidad
Medioambiental y el Reglamento que la desarrolla, aprobado por el Real Decreto
2090/2008. Además existen normas de ámbito autonómico, así como una
prolija variedad de carácter sectorial que es de obligada referencia en las
obras públicas.