Info

Deplan presenta una circular informativa sobre las novedades y cambios introducidos este año 2019 en la normativa de transporte de mercancías peligrosas

Novedades en el transporte de mercancías peligrosas

Redacción Interempresas23/09/2019
En febrero de este año se publicó el RD 70/2019, que modifica varias disposiciones relativas a transporte de mercancías y, en concreto, el Real Decreto 97/2014, de 14 de febrero, por el que se regulan las operaciones de transporte de mercancías peligrosas por carretera en territorio español. Además, desde el mes de julio pasado está en vigor la versión del 2019 del reglamento ADR.
Imagen

Deplan ahora un recordatorio de los principales cambios normativos en el transporte de mercancías peligrosas en este 2019.

El resumen de los nuevos requisitos introducidos por estos reglamentos del 2019 son los siguientes:

• Salvo pacto en contrario, la realización de las operaciones de carga y descarga serán por cuenta del expedidor y del destinatario, respectivamente.

No obstante, la realización de dichas operaciones corresponderá, salvo pacto en contrario, al transportista en los siguientes casos:

a) La descarga de combustibles exclusivamente destinados al calentamiento de agua sanitaria, calefacción y cocinas.

b) El abastecimiento de combustible efectuado directamente a algún tipo de maquinaria, que disponga en su estructura o equipos de los depósitos correspondientes.

c) Las descargas de gasóleos (UN 1202), cuando la cantidad descargada no exceda de 1.000 litros.

• Bajo responsabilidad de la empresa descargadora se impedirá la descarga de mercancías peligrosas, contenidas en bultos, tales como bidones o grandes recipientes para granel (IBC/GRG), directamente desde estos al recipiente colector final. Sólo se podrá efectuar esta operación si previamente han sido descargados los bultos del vehículo portador, siempre que esta descarga de los recipientes se efectúe de forma segura, de tal manera que no se ponga en peligro la integridad de los mismos.

• Las mercancías peligrosas únicamente podrán descargarse desde equipos de transporte a granel o cisternas utilizando sistemas de descarga fijos, salvo en los siguientes supuestos:

a) Cuando la posibilidad de realizar la descarga sin utilizar esos equipos se encuentre expresamente autorizada en la reglamentación sobre almacenamiento de productos químicos o de instalaciones petrolíferas.

b) En situaciones de emergencia en las que resulte imposible utilizar un sistema de descarga de esas características.

c) En la descarga de combustibles destinados al calentamiento de agua sanitaria, calefacción y cocinas.

• Cambios en las condiciones de transporte de pilas de litio.

• Nuevas materias. Principalmente nuevos códigos ONU para la clasificación de artículos que contienen mercancías peligrosas, y una nueva sección 2.1.5 que define los objetos como “maquinaria, aparatos u otros dispositivos que contengan una o más mercancías peligrosas (o residuos de estas) que formen parte integrante del objeto, necesarias para su funcionamiento y que no puedan retirarse a efectos del transporte”.

• Nuevas disposiciones especiales para las materias u objetos y otras que desaparecen, como la exención total según el epígrafe 1.1.3.1 b) que eximía a los transportes de máquinas que incluyen de modo accesorio mercancías peligrosas en su estructura o en sus circuitos de funcionamiento, si se tomaban medidas para impedir cualquier fuga. Ahora se asignará a la clase apropiada según peligros presentes y, en su caso, seguir la preponderancia de peligros 2.1.3.10.

• Cambios en las instrucciones de embalaje.

• Medidas mínimas para el marcado y etiquetado de los bultos.

• Nuevas disposiciones para los vehículos y la maquinaria.

• Nuevas disposiciones de construcción y homologación de los recipientes a presión.

• Nuevas disposiciones de construcción y homologación de las cisternas.

¿Qué ofrece Deplan?

Deplan ofrece su experiencia y asesoramiento sobre transporte de mercancías peligrosas en el marco de la normativa ADR así como, nuestro servicio de Consejero de Seguridad para el transporte de mercancías peligrosas.

Empresas o entidades relacionadas

Deplan, S.L.

Comentarios al artículo/noticia

Deja un comentario

Para poder hacer comentarios y participar en el debate debes identificarte o registrarte en nuestra web.

Suscríbase a nuestra Newsletter - Ver ejemplo

Contraseña

Marcar todos

Autorizo el envío de newsletters y avisos informativos personalizados de interempresas.net

Autorizo el envío de comunicaciones de terceros vía interempresas.net

He leído y acepto el Aviso Legal y la Política de Protección de Datos

Responsable: Interempresas Media, S.L.U. Finalidades: Suscripción a nuestra(s) newsletter(s). Gestión de cuenta de usuario. Envío de emails relacionados con la misma o relativos a intereses similares o asociados.Conservación: mientras dure la relación con Ud., o mientras sea necesario para llevar a cabo las finalidades especificadasCesión: Los datos pueden cederse a otras empresas del grupo por motivos de gestión interna.Derechos: Acceso, rectificación, oposición, supresión, portabilidad, limitación del tratatamiento y decisiones automatizadas: contacte con nuestro DPD. Si considera que el tratamiento no se ajusta a la normativa vigente, puede presentar reclamación ante la AEPD. Más información: Política de Protección de Datos

REVISTAS

VÍDEOS DESTACADOS

  • Robot cristalero instalando

    Robot cristalero instalando

  • XtraWear de Blumaq

    XtraWear de Blumaq

TOP PRODUCTS

NEWSLETTERS

  • Newsletter Obras públicas

    19/12/2024

  • Newsletter Obras públicas

    17/12/2024

ENLACES DESTACADOS

Insupcorr 2025

ÚLTIMAS NOTICIAS

EMPRESAS DESTACADAS

OPINIÓN

ENTIDADES COLABORADORAS

OTRAS SECCIONES

SERVICIOS