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Carta abierta de la industria europea de la madera, difundida en España por la Asociación Española del Comercio e Industria de la Madera (Aeim)

Reglamento europeo contra la deforestación

Redacción Interempresas15/09/2022
Carta abierta de la industria europea de la madera ante la votación en el Pleno de la propuesta de Reglamento sobre la comercialización en la Unión y la exportación desde la Unión de determinadas materias primas y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal.

Bruselas, 7 de septiembre de 2022

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La industria europea de la madera y la asociación que representa al sector privado de los bosques tropicales (ATIBT) reconocen que la tala ilegal y los delitos forestales son un grave problema mundial. Como problema mundial, la tala ilegal y la degradación de los bosques no pueden abordarse sin la plena participación y el compromiso de los países no pertenecientes a la UE. En general, se trata de un problema complejo que implica no sólo una dimensión medioambiental, sino también económica y social. Además de la pérdida de ingresos para los gobiernos y la ineficiencia en el uso de los recursos, la tala ilegal amenaza directamente los ecosistemas y la biodiversidad en todo el mundo.

Las industrias europeas de la madera y la ATIBT son socios clave para la consecución de los objetivos del “Green Deal” y están plenamente comprometidas con el cumplimiento de la legislación de la UE destinada a combatir eficazmente la tala ilegal.

Al mismo tiempo, a la luz de la posible adopción del nuevo “Reglamento sobre la comercialización en el mercado de la Unión, así como la exportación desde la Unión, de determinadas mercancías y productos asociados a la deforestación y la degradación forestal” por parte del Parlamento de la UE, la industria europea de la madera pide a los responsables políticos que no exijan nuevos requisitos legales o tecnológicos que no hayan sido evaluados adecuadamente desde una perspectiva económica, científica y de viabilidad.

En concreto, la introducción de un requisito obligatorio de geolocalización se ha planteado sin una adecuada evaluación del impacto que supone y sin consultar a los expertos forestales sobre la elaboración de la metodología y su viabilidad. La recogida de datos de geolocalización de los pequeños propietarios forestales implica importantes retos técnicos, logísticos, jurídicos y de gobernanza que superan la capacidad de las partes afectadas. Si estos retos no se resuelven con un enfoque global en el que participen los gobiernos locales, los agentes de la industria local, los operadores de la UE, la Comisión y las ONG, los operadores no podrán recopilar información fiable de geolocalización para el seguimiento de la información sobre los terrenos forestales de la mayoría de los pequeños propietarios que actualmente forman parte de sus cadenas de suministro. Los países de bajo riesgo deben ser excluidos del requisito de geolocalización para evitar complicar innecesariamente el proceso simplificado de diligencia debida. Tampoco debería introducirse como exigencia obligatoria para los países de riesgo elevado antes de haber establecido acuerdos de colaboración adecuados en estos países y antes de poner en marcha un sistema fiable de control de la legalidad de la madera.

Del mismo modo, dado que es de suma importancia, eliminar cualquier duplicación de los esfuerzos de diligencia debida, dicha obligación deberá seguir recayendo únicamente en los operadores, como ya subrayó el Consejo de la UE en sus orientaciones generales. El procedimiento de diligencia debida exigido por el presente Reglamento debe basarse en tres elementos, como en la propuesta original de la Comisión: requisitos de información, evaluación de riesgos y medidas de mitigación de riesgos, sin introducir una obligación adicional de notificación poco clara, como ya se garantiza a través del Sistema de Información del Registro. A este respecto, antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento, la Comisión Europea debería publicar directrices claras, fáciles de entender y específicas para cada producto, con el fin de ayudar a los operadores, en particular a las pymes, a cumplir los requisitos del presente Reglamento, con el objetivo de minimizar las cargas administrativas y financieras. Las directrices deben ayudar a los operadores a cumplir sus exigencias de diligencia debida. El sistema de información (“Registro”) también debería hacerse efectivo por parte la Comisión antes de la entrada en vigor de este Reglamento.

Las industrias europeas de la madera y la ATIBT también expresan su preocupación por el hecho de que el Parlamento Europeo no haya reconocido la importancia del acuerdo internacional Cites, una herramienta eficaz que regula el comercio internacional de especies amenazadas y en peligro de extinción antes de que se pueda expedir cualquier permiso de comercialización.

Si bien las industrias europeas de la madera y la ATIBT reconocen el derecho de las personas físicas y jurídicas a presentar alegaciones fundamentadas, debe alcanzarse un equilibrio para proteger también a los operadores contra reclamaciones injustificadas con consecuencias legales potencialmente de gran alcance. El Reglamento sobre productos libres de deforestación debería dejar claro, al menos, que las autoridades rechazarán las observaciones no justificadas y que la identidad de las personas físicas o jurídicas será conocida públicamente. Es importante subrayar que, en general, las medidas destinadas a aumentar la transparencia son bienvenidas siempre que no puedan ser instrumentalizadas por competidores en el mercado y otras organizaciones con el objetivo de perjudicar a los operadores mediante alegaciones infundadas.

Por último, las industrias europeas de la madera y la ATIBT están preocupadas por la ampliación del ámbito de aplicación de este Reglamento para incluir a las instituciones financieras. Ya que sería muy gravoso y, en consecuencia, podría restringir indirectamente el acceso de las empresas forestales y de la industria/comercio de la madera a los servicios bancarios, de seguros y de inversión, dado que muchas instituciones financieras podrían no querer hacer frente a la carga de prestar servicios a dichas empresas en virtud de este Reglamento.

Por último, hay que recordar que la actual situación geopolítica y el aumento vertiginoso de los costes de la electricidad y el gas hacen que sea prohibitivo para nuestras empresas realizar nuevas inversiones. Por esta razón, los aumentos de costes impulsados por las políticas deben examinarse y evaluarse cuidadosamente y sólo introducirse cuando sea absolutamente necesario.

Firmantes

La Confederación Europea de Industrias de la Madera (CEI-Bois) es una organización que representa a 21 organizaciones europeas y nacionales de 15 países. CEI-Bois es el organismo que respalda los intereses de todo el sector industrial europeo de la madera: más de 180.000 empresas que generan un volumen de negocios anual de 152.000 millones de euros y dan empleo a un millón de trabajadores en la UE.

La ATIBT promueve el desarrollo de una industria sostenible, ética y legal de la madera tropical como recurso natural y renovable, esencial para el desarrollo socioeconómico de los países productores. Actúa a favor de la gestión sostenible de los bosques tropicales y de una economía estable que promueva el desarrollo social.

La Federación Europea del Comercio de la Madera (ETTF) promueve los intereses del comercio de la madera en toda Europa, representando a las principales federaciones nacionales de importadores, comerciantes y distribuidores. La ETTF colabora con ONG medioambientales y de otro tipo y ofrece un foro de debate y de creación de redes para el comercio de la madera de la UE sobre cuestiones clave, desde la legislación y el medio ambiente hasta la promoción de la madera sostenible y las mejores prácticas.

La Organización Europea de la Industria del Aserrado (EOS) es una asociación sin ánimo de lucro que representa los intereses del sector del aserrado europeo a nivel europeo e internacional. A través de sus federaciones y miembros asociados, EOS representa a unos 35.000 aserraderos de toda Europa, alrededor del 80% de la producción total de madera aserrada europea en un sector que tiene un volumen de negocio de unos 35.000 millones de euros y emplea a unas 250.000 personas en la UE.

Empresas o entidades relacionadas

Asociación Española del Comercio e Industria de la Madera

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