Reguladas las circunscripciones económicas
5 de abril de 2000
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regula, en el sector de frutas y hortalizas, el establecimiento de circunscripciones económicas y la extensión de normas relacionadas con la producción, comercialización y de retiradas, adoptadas por las Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas.
Las citadas circunscripciones se establecerán para cada producto a solicitud de una o varias Organizaciones de Productores de Frutas y Hortalizas, siempre que los solicitantes representen, al menos, dos tercios del volumen de producción de dicho producto en la zona. En ausencia de Organizaciones de Productores o de sus Asociaciones, la circunscripción económica, indica la normativa, podrá establecerse a iniciativa de las Comunidades Autónomas. Las circunscripciones económicas se definirán de acuerdo con el producto o productos a los que afecta y la delimitación geográfica.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, una vez recibida la solicitud de establecimiento de una circunscripción económica, y previo informe favorable de las Comunidades Autónomas afectadas, comunicará al resto de las Comunidades, a los sectores profesionales y a las Organizaciones de Productores y Asociaciones de Organizaciones de Productores afectados, las circunscripciones económicas que se pretenden establecer, como paso previo a su remisión a la Comisión Europea.
Una vez aprobada una circunscripción económica para un producto determinado por la citada Comisión, el órgano competente de cada Comunidad Autónoma procederá a la elaboración de una relación de productores del producto en cuestión y a la determinación del volumen de producción.
Cuando una Organización de Productores o Asociación de Organizaciones de Productores pretenda extender las normas en materia de producción, comercialización y protección de medio ambiente, entre otras, previstas en el Reglamento comunitario que contiene la Organización Común de Mercado de Frutas y Hortalizas, deberá presentar unas serie de documentos y cumplir una serie de requisitos, que dependerán de si las circunscripciones económicas en que se quieran ampliar las normas superan o no el ámbito de una Comunidad Autónoma.