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El próximo año se establecerá el importe unitario definitivo

El FEGA publica los nuevos importes revisados de ecorregímenes y ayudas asociadas por superficie en 2023

Redacción Tierras / Interempresas20/11/2023

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) ha publicado los importes unitarios provisionales revisados para el pago de las ayudas directas a partir del 1 de diciembre relativos a la campaña 2023.

Una de las principales novedades de la Política Agrícola Común (PAC) que ha entrado en vigor esta campaña 2023, son los regímenes en favor del clima y el medio ambiente, o más conocidos como Ecorregímenes. Se trata de regímenes voluntarios para el agricultor, consistentes en prácticas en favor del clima y el medio ambiente, las cuales van más allá de la línea de base (condicionalidad reforzada).

Según informa el FEGA, el pago anual de estas ayudas se podrá realizar en dos periodos: un anticipo del 70 % del importe total al que tiene derecho cada agricultor o ganadero, que se podrá realizar del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y un pago del saldo que se realizaría entre el 1 diciembre y el 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud.

Estos Importes Unitarios (IU) provisionales revisados se utilizarán para hacer efectivo el primer pago del saldo a partir del 1 de diciembre, el cual podrá alcanzar hasta el 90% del importe total de la ayuda. Los IU provisionales revisados de esta campaña 2023 se han establecido con los datos de superficies solicitadas por los agricultores y ganaderos en su solicitud única de ayudas de la PAC, y comunicadas al FEGA por parte de las comunidades autónomas (CC AA).

A la hora de calcular los IU provisionales revisados, al igual que cuando se calcularon los IU provisionales en septiembre, es preciso tener en cuenta que en las prácticas de siembra directa y de cubiertas vegetales, la normativa establece un complemento de plurianualidad de 25 €/ha, que debe ser pagado íntegramente a los titulares que hayan contraído el compromiso de realizar nuevamente estas prácticas en la próxima campaña. Asimismo, para el cálculo se ha tenido en cuenta la condición de insularidad de las superficies de las Islas Baleares en los Ecorregímenes en los que se aplica.

Cubierta vegetal en olivar
Cubierta vegetal en olivar.

Sobre los pagos directos asociados a los agricultores, el objetivo de estas ayudas es garantizar la viabilidad económica de las explotaciones a través de su sostenibilidad y competitividad, reduciendo así el riesgo de abandono de una actividad productiva que también juega un importante papel desde el punto de vista medioambiental.

El pago de estas ayudas se realiza en dos periodos: un anticipo del 16 de octubre al 30 de noviembre del año de solicitud de la ayuda, y posteriormente se efectuaría el pago del saldo, entre el 1 de diciembre al 30 de junio del año natural siguiente al de solicitud. Para la campaña 2023, a partir del 1 de diciembre podrá efectuarse el pago del primer saldo, que podrá alcanzar hasta el 90% del pago total.

Es importante destacar que las superficies solicitadas utilizadas para el cálculo de estos IU provisionales revisados son diferentes a las superficies utilizadas para el cálculo de los importes provisionales establecidos para abonar el anticipo que se realizó en septiembre, dado que las solicitudes ya han sido depuradas en esta fase de la gestión.

Ecorregímenes

Los Ecorregímenes Agricultura de carbono en cubierta vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos en terrenos llanos y de pendiente media han generado un Remanente potencial adicional. Este remanente se ha asignado en el siguiente orden:

  • En primer lugar, a los Ecorregímenes realizados en el mismo tipo de superficie, es decir, al Ecorrégimen Agricultura de carbono en cubiertas vegetales y cubierta inertes en cultivos leñosos en terrenos de elevada pendiente.
  • En segundo lugar, para evitar la aplicación del coeficiente reductor de superficie, generado en la fase de aplicación de degresividad sobre el Ecorrégimen de Agricultura de carbono y agroecología en las superficies de pastos mediterráneos.
  • Por último, a aquellos Ecorregímenes cuyo importe unitario se aleje en mayor proporción a su importe unitario planificado, esto es:

-Pastos mediterráneos

-Pastos húmedos

-Espacios de biodiversidad

-Tierras de cultivo de secano húmedo

En base a todo lo anterior, los importes unitarios provisionales revisados para el primer pago del saldo quedan fijados en:

Imagen

El FEGA ha señalado que posteriormente, a partir de la nueva información que remitan las comunidades autónomas correspondiente a la superficie total determinada tras los controles para el cobro de las ayudas en abril del próximo año, se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.

Ayudas asociadas a superficie

Los importes unitarios provisionales revisados han sido calculados dividiendo la dotación presupuestaria para cada intervención entre la superficie solicitada total proporcionada por las comunidades autónomas en el mes de octubre.

Tal como establece la norma, el importe unitario de una intervención nunca podrá ser superior al importe máximo establecido, por lo que, de superarse dicho importe, deberá ser topado al importe unitario máximo.

Como consecuencia de esto se generarán fondos sobrantes, los llamados remanentes, que serán asignados a otras intervenciones siguiendo el Mecanismo de aprovechamiento de fondos descrito en el artículo 125, y que se resume a continuación:

  • En primer lugar, en aquellas intervenciones en las que haya más de una línea de ayuda, si se generara remanente en alguna de ellas, se asignaría prioritariamente a las líneas de su misma intervención. Este ha sido el caso de la Ayuda asociada a la producción sostenible de proteínas de origen vegetal, en la que las líneas Producción de semilla de legumbre certificada y Producción de semilla resto de leguminosa han tenido que ser topadas y, por tanto, han generado remanente, que ha sido asignado a las líneas Producción de legumbres y Producción de resto de leguminosas.
  • En segundo lugar, se ha sumado todo el remanente sobrante, generado por las siguientes intervenciones:

-Producción sostenible de arroz.

-Producción sostenible de tomate para transformación.

-Producción de frutos secos en secano en áreas con riesgo de desertificación.

-Producción tradicional de uva pasa.

Este remanente se ha asignado, en primer lugar, a las intervenciones que no han alcanzado su importe unitario planificado. En este caso, a la Ayuda asociada a la producción sostenible de remolacha azucarera de siembra primaveral.

  • Finalmente, el remanente existente se ha asignado a aquellas intervenciones cuyo importe unitario provisional revisado esté más alejado del importe unitario máximo, en este caso, a la intervención Ayuda asociada al olivar con dificultades específicas y alto valor medioambiental.

Teniendo todas estas premisas en consideración, los importes unitarios provisionales revisados para el pago del primer saldo quedan fijados en:

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Al igual que en el caso de los ecorregímenes, en 2024 se establecerá el importe unitario definitivo, con el cual se podrá realizar el segundo pago del saldo de las ayudas al 100%.

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