El Gobierno modifica las condiciones para reconocer a lonjas agropecuarias de referencia
El Consejo de Ministros ha aprobado la modificación del Real Decreto 427/2020, de 3 de marzo, por el que se establecen los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento de las lonjas de referencia de productos agropecuarios.
Además, se crea un Registro Nacional de estas instalaciones, según ha detallado este martes en un comunicado el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
Entre otras modificaciones, se suprime la exigencia de carecer de ánimo de lucro en el ejercicio de su actividad como requisito para ser lonja de referencia.
Tampoco se requerirá que la lonja de contratación sea la actividad exclusiva de estas entidades, aunque sí deberá ser la actividad principal.
El objetivo primordial de esta modificación es actualizar la norma para una mejor aplicación, corregir “errores menores“ detectados y eliminar dudas jurídicas sobre su interpretación.
De este modo, se recoge la variada tipología jurídica de las lonjas en España y la casuística para que sea posible reconocer estas instituciones en unas condiciones que sean acordes a la realidad de las últimas décadas y su evolución.
De otro modo, ”solamente una mínima parte“de lonjas existentes estarían en disposición de obtener el distintivo de referencia, con lo que”se estaría limitando el fin de contribuir o ayudar con la información que voluntariamente proporcionen al MAPA y a disponer de los datos precisos para una adecuada ordenación de los mercados agrarios”.