Ayudas que facilitan la financiación en explotaciones agrarias afectadas por la sequía y otras situaciones excepcionales
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se establecen las bases reguladoras de subvenciones estatales para sufragar el coste total de la comisión de gestión de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a titulares de explotaciones agrarias, y la convocatoria de las mismas.
Estas ayudas están destinadas a las explotaciones agrarias y tienen por objeto de paliar los efectos de las adversidades climáticas que afectaron al sector agrario en 2019, entre los que destaca la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA), que alcanzó la Península y se fue desplazando hacia el sureste peninsular, y el déficit de precipitaciones que ocasionó situaciones de sequía. La cuantía máxima de esta línea de ayudas, calculada para un capital avalado de 100.000.000 euros, será de 4.561.000 euros, que se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado en la anualidad 2020.
Podrán acogerse a estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias, sean personas físicas o jurídicas, que suscriban avales con SAECA en el marco de préstamos con entidades financieras avalados por dicha entidad, priorizando los afectados por la DANA y en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019 sobre medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
En el caso de explotaciones cuyo titular sea una entidad asociativa, sus miembros podrán acogerse a las ayudas cuando suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA, con el objeto de aportar el capital prestado a su entidad asociativa.
Las ayudas consistirán en la financiación del importe total de la comisión de gestión del aval de SAECA. Se financiará, además, la comisión de estudio del aval de SAECA cuando las explotaciones estén ubicadas en el ámbito de aplicación del Real Decreto-ley 11/2019 sobre medidas urgentes para paliar los daños causados por temporales y otras situaciones catastróficas.
También se financiará la comisión de estudio cuando las explotaciones hayan suscrito un seguro en las líneas de seguros agrícolas o pecuarios en el marco del 40º o el 41º Plan de Seguros Agrarios Combinados y si el titular es un joven agricultor. El Ministerio de Agricultura subvencionará el coste del aval para créditos de hasta 40.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.
El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50% del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión de gestión, el 1,15% anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado. Estas subvenciones serán compatibles con otras ayudas destinadas a la misma finalidad, procedentes de Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales, pero su importe acumulado no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.