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La Comisión multa a siete empresas por repartirse el mercado de grafitos especiales

02/01/2003

2 de enero de 2003

La Comisión Europea ha impuesto a siete empresas multas que suman 60,6 millones de euros por participar en dos cárteles para fijar precios en el mercado de los grafitos especiales, empleados para fabricar electrodos para electroerosión, entre otras utilidades.
Según un comunicado de la Unión Europea, las pesquisas empezaron en primavera de 1999, a raíz de otra investigación acerca de un cártel de electrodos de grafito integrado por la estadounidense GraphTec (la antigua UCAR) y la alemana SGL Carbon. GraphTec reveló entonces información acerca de otras prácticas anticompetitivas en el mercado afín de los productos hechos con grafitos especiales, a cambio de la inmudidad prevista en la Comunicación de la Comisión sobre clemencia de 1996.
A la vista de información, se inició en marzo de 2000 una investigación que se cerró el pasado 17 de diciembre con la conclusión de que entre 1993 y 1998, ocho empresas participaron en un cártel internacional a través del cual fijaban el precio de los productos de grafito isostático, intercambiaban información comercial sensible y ocasionalmente se repartían el mercado. De hecho, durante el tiempo que duró la infracción, estas ocho empresas acapararon la mayor parte del mercado del EEE de grafitos especiales —extruidos e isostáticos.
Se trata de la empresa alemana SGL Carbon, la francesa Carbone-Lorraine, las firmas japonesas Ibiden, Tokai Carbon, Toyo Tanso y Nippon Steel Chemical, la estadounidense GraphTec International y la holandesa Intech EDM.
Además, también se ha probado que SGL y GraphTec participaron en un cártel paralelo de fijación de precios de productos de grafito extruido.
El cartel isostático comenzó con una reunión en Gotenba (cerca de Tokio, Japón) el 23 de julio de 1993. En la que los principales productores fijaron los principios básicos de funcionamiento del mercado internacional. Se estableció un sistema de vigilancia de cumplimiento de lo acordado que implicaba la celebración de reuniones multilaterales periódicas.
Por su parte, una reunión celebrada en París los días 24 y 25 de febrero de 1993 macó el principio de la colusión en materia de precios entre UCAR y SGL.
La cuantía de las multas se eleva a 27,75 millones de euros a SGL, 10,79 millones a Toyo Tanso, 6,97 a Carbone-Lorraine, 6,67 a Tokai Carbon, 3,58 a Ibiden, 3,58 a Nippon Steel y 0,98 a Intech. A GraphTech se le concedió inmunidad.

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