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Disponible el texto del nuevo CTE para información pública

03/07/2018

El 29 de junio se ha publicado para información pública el 'Proyecto de Real Decreto por el que se modifica el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación'. El texto se encuentra en la web del Ministerio de Fomento, en el apartado de 'Participación Pública'. Acceder al documento.

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Con esta modificación el Código Técnico de la Edificación se adapta a lo dispuesto en la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de los edificios, que establece la obligación de revisar y actualizar los requisitos mínimos de eficiencia energética periódicamente, a intervalos no superiores a cinco años con el fin de adaptarlos a los avances técnicos del sector de la construcción.

El proyecto marca los indicadores energéticos absolutos y detallados, para obra nueva y reforma sustancial, que definen en nuestro país los edificios de consumo de energía casi nulo (tanto para uso residencial como terciario), establecidos de forma general en la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de los edificios de 19 de mayo de 2010.

Entre los cambios que se incluyen en este nuevo documento se encuentra la definición de un nuevo sistema de indicadores: se mantiene el indicador de Consumo de energía primaria no renovable y se definen nuevos indicadores como el consumo de energía primaria total, el coeficiente global de transmisión de calor a través de la envolvente térmica o el control solar de la envolvente térmica.

La propuesta de modificación supone reducciones nominales de consumo de energía primaria no renovable para edificios de vivienda plurifamiliares (en bloque) de en torno al 38%, llegando en el caso de edificios unifamiliares hasta el 60% en las zonas más adversas en régimen de invierno.

Con respecto al uso de energía procedente de fuentes renovables se plantea un aporte del 50% del consumo de energía primaria en la situación límite de consumo de energía primaria total.

Se mantiene la obligación de utilizar un cierto porcentaje de energía renovable para cubrir las necesidades de ACS (sección HE 4), y también la de generación de energía eléctrica mediante paneles solares fotovoltaicos y otros procedimientos, en edificios de uso terciario (sección HE 5). Se elimina, no obstante, la referencia específica a tecnologías concretas, como la solar térmica o la solar fotovoltaica.

Como novedad, se introduce una nueva exigencia básica de salubridad HS 6 de protección frente al gas radón como resultado de la Directiva 2013/59/EURATOM del Consejo, por la que se establecen normas de seguridad básicas para la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones ionizantes.

También se realizan algunas modificaciones en el documento básico de seguridad en caso de incendio para limitar adecuadamente el riesgo de propagación del fuego por el exterior de los edificios que podrían derivarse del incremento de las exigencias reglamentarias en materia de eficiencia energética y su influencia en los cerramientos exteriores de los edificios.

Las alegaciones sobre el contenido del proyecto podrán remitirse hasta el día 31 de julio de 2018, por correo electrónico a la dirección arquitectura.modcte@fomento.es

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